MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Decisión Administrativa 247/2005
Sustitúyese el Anexo II de la Decisión Administrativa N° 20/2002 en lo referido a Responsabilidad Primaria y Acciones de la Secretaría General del Consejo Federal de Cultura y Educación y de la Dirección de Asistencia Técnico Administrativa del citado Ministerio.
Bs. As., 27/5/2005
VISTO la Decisión Administrativa N° 20 de fecha 8 de abril de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que en la Decisión Administrativa N° 20 del 8 de abril de 2002 se ha omitido especificar que en la órbita de la SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION se conducen las actividades de coordinación e implementación del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, creado por la Ley N° 25.053 y complementarias.
Que por otra parte el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION por medio de la Resolución N° 183 de fecha 6 de noviembre de 2002, creó la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA, con el objeto de evaluar y registrar a las instituciones que implementan carreras bajo la modalidad a distancia para todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y Terciaria no Universitaria.
Que en ese sentido, la SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION debe coordinar las actividades que lleva a cabo la citada Comisión Federal, conforme lo establecido en la normativa señalada en el considerando precedente.
Que lo anteriormente expuesto, hace necesario complementar y modificar la responsabilidad primaria y acciones emergentes de la Decisión Administrativa N° 20/02 en lo concerniente a la SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION y como consecuencia de ello, de la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICO ADMINISTRATIVA bajo su directa dependencia, atento que a través de la misma se llevan a cabo las acciones de organización y articulación técnico administrativa del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE y de la mencionada Comisión Federal.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo II de la Decisión Administrativa 20 del 8 de abril de 2002 en lo referido a Responsabilidad Primaria y Acciones de la SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION y de la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICO ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto A. Fernández. — Daniel F. Filmus.
ANEXO I
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION - SECRETARIA GENERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al señor Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología en lo relativo a las obligaciones emergentes de su participación en el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION, prestando el apoyo técnico-administrativo correspondiente, a fin de lograr el cumplimiento de su cometido.
Conducir las actividades, trabajos y estudios del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
Conducir las actividades concernientes a la implementación del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE.
ACCIONES:
1. Asistir y mantener permanentemente informado al señor Ministro en lo referente a la información y documentación necesaria para el desenvolvimiento de su función en el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION. Preparar y distribuir la documentación que deban utilizar las asambleas y el comité ejecutivo.
2. Organizar y atender las tareas propias que realizan las comisiones permanentes del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
3. Coordinar las acciones que aconseja la asamblea de Ministros y el comité ejecutivo.
4. Entender en la información a las regiones y jurisdicciones acerca de lo resuelto por el comité ejecutivo y las comisiones.
5. Mantener permanentemente informado al comité ejecutivo sobre el estado del trabajo en comisiones.
6. Organizar y dirigir los servicios de asistencia técnico administrativa de la Secretaría General al CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION y a sus miembros.
7. Organizar y actualizar la información del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION y dar adecuada difusión a las actividades y resoluciones del mismo.
8. Coordinar las actividades de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia.
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION
DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICO ADMINISTRATIVA
ACCIONES:
1. Organizar y actualizar el archivo del Consejo Federal e interjurisdiccional con la información institucional significativa relevada y referida a los sistemas educativos jurisdiccionales incluyendo la normativa.
2. Organizar y articular la liquidación y pago del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, brindando a las jurisdicciones y demás organismos la asistencia técnico administrativa que resulte necesaria.
3. Articular y gestionar la asistencia técnico administrativa a la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia.
4. Elaborar los proyectos de Resolución, Documentos Técnicos de la Asamblea y el Comité Ejecutivo como asimismo las Actas de las sesiones de ambos órganos.
5. Organizar las Asambleas, las reuniones del Comité Ejecutivo, de las comisiones y de las reuniones regionales.
6. Gestionar los expedientes y organizar la evacuación de consultas de las Jurisdicciones.
7. Articular la comunicación e intercambio de información con y entre las Jurisdicciones.
8. Registrar y difundir las Resoluciones que emanen del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
9. Organizar y actualizar la Red de Información de Docentes Sancionados, aprobada por la Resolución N° 71/97 del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
10. Difundir las actividades e información del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION y de las Jurisdicciones a través de todos los medios posibles, incluyendo la producción regular de un Boletín Electrónico.