DISTANCIAMIENTO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
SALAS Y COMPLEJOS CINEMATOGRAFICOS - EXCEPCIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Feb-2021
Resumen:
EXCEPTUASE DE LA PROHIBICION DISPUESTA EN EL INCISO 4 DEL ARTICULO 8° DEL DECRETO Nº 67/21 A LA ACTIVIDAD DE LAS SALAS Y LOS COMPLEJOS CINEMATOGRAFICOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CON UN AFORO QUE INICIALMENTE NO PODRA SUPERAR EL CINCUENTA POR CIENTO (50 %) POR SALA.