PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1335/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el expediente N° 1-47-3116/15-2 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD y el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2015, aprobado por la Ley N° 27.008, distribuido mediante la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar la distribución de los créditos de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, a los efectos de adecuar los niveles crediticios de esta Entidad a sus necesidades.
Que la modificación propuesta implica una ampliación en los gastos corrientes y de capital de la citada Entidad, financiada con un incremento de los recursos propios.
Que la modificación propuesta responde a lo establecido por el artículo 9° de la Ley N° 27.008.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 9° de la Ley N° 27.008.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2015, en lo correspondiente a la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Daniel G. Gollan.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Decisión Administrativa 1335/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el expediente N° 1-47-3116/15-2 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD y el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2015, aprobado por la Ley N° 27.008, distribuido mediante la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar la distribución de los créditos de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, a los efectos de adecuar los niveles crediticios de esta Entidad a sus necesidades.
Que la modificación propuesta implica una ampliación en los gastos corrientes y de capital de la citada Entidad, financiada con un incremento de los recursos propios.
Que la modificación propuesta responde a lo establecido por el artículo 9° de la Ley N° 27.008.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 9° de la Ley N° 27.008.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2015, en lo correspondiente a la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Daniel G. Gollan.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)