JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 126/2016
Apruébase estructura organizativa.
Bs. As., 26/02/2016
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y N° 268 del 29 de Diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, incorporándose el MINISTERIO DE COMUNICACIONES, a través del artículo 23 decies.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE COMUNICACIONES por el Decreto N° 13/15, resulta necesario ordenar las responsabilidades de dicha área.
Que por el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que, en virtud de ello, corresponde en esta instancia la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo de las restantes Secretarías del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE COMUNICACIONES al Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y 6° de la Ley N° 27.198.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Créanse, con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Dirección de Sistemas y Soporte Técnico, la Dirección de Sumarios, y la Dirección de Comunicación y Relaciones Institucionales, cuyas Responsabilidad Primaria y Acciones obran en Planilla Anexa al presente artículo y forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES, ambas dependientes del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos la, lb y II forman parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 4° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE COMUNICACIONES, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 5° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.
Art. 6° — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios, organismos descentralizados o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08.
Art. 7° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 8° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de la Jurisdicción 59 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio. — Oscar R. Aguad.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y SOPORTE TÉCNICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el servicio de soporte y mantenimiento correctivo, preventivo y evolutivo de los sistemas implementados en el área.
ACCIONES
1. Formular la planificación de los sistemas de información de la Jurisdicción.
2. Formular e intervenir en la ejecución de proyectos para la adecuación de los procesos de la Jurisdicción y para el desarrollo e implementación de soluciones informáticas para su gestión.
3. Estudiar, proponer e implantar prácticas y estándares para la gestión y administración de los procesos del organismo y de todas las actividades o tareas que en dichos procesos se realizan, mediante la sistematización informática.
4. Diseñar, implementar y mantener un sistema informático para la gestión documental de los procesos de la Jurisdicción.
5. Intervenir en la implementación de sistemas informáticos de gestión de la calidad y de planes, programas, directrices y lineamientos que en materia de gestión de las organizaciones públicas emanen de los organismos competentes.
6. Asistir y brindar soporte dentro de la incumbencia del área, al proceso de gestión de aplicaciones del organismo.
7. Planificar y ejecutar las tareas de instalación, mantenimiento preventivo y correctivo del parque de computadoras, impresoras y demás equipos informáticos de escritorio alcanzados por este soporte, así como también sistemas de base y componentes de aplicaciones en computadoras.
8. Participar en la elaboración de estándares de equipamiento y requerimientos técnicos para su adquisición.
9. Realizar el registro, la delegación y la actualización de los dominios gubernamentales dependientes del Ministerio, con intervención de las áreas competentes en la materia.
10. Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación, actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del Ministerio.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la ejecución de acciones relativas a las relaciones institucionales, internas y externas y en la política comunicacional de la jurisdicción.
ACCIONES:
1. Proponer la política de comunicación social del Ministerio, coordinar su efectiva ejecución y evaluar los resultados.
2. Coordinar la publicación de políticas y acciones ministeriales que deban ser materia de conocimiento público y promover su difusión.
3. Desarrollar planes, programas y procedimientos destinados a fortalecer las relaciones de la Institución con la comunidad, empresas, organismos públicos y privados.
4. Promover la gestión de convenios a nivel institucional con organizaciones públicas y privadas en el ámbito local, nacional e internacional.
5. Informar de los compromisos originados para la Jurisdicción en convenios nacionales e internacionales y su grado de cumplimiento.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Sustanciar los sumarios administrativos e informaciones sumarias ordenados por la autoridad competente, en relación a los agentes con vínculo de empleo público pertenecientes a la jurisdicción ministerial.
ACCIONES:
1. Dirigir el procedimiento conforme la normativa vigente y disponer las medidas tendientes al esclarecimiento de los hechos objeto de investigación.
2. Dar intervención a los organismos de control en los supuestos exigidos por la legislación vigente.
3. Determinar el perjuicio fiscal y responsabilidad patrimonial y solicitar informes en caso de intervención judicial.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las normas vinculadas a la actualización de los marcos regulatorios en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones, en función de las directivas impartidas y conforme a la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Proponer la actualización de los Reglamentos de licencias, interconexión, servicio universal, de sanciones, de clientes, y de calidad de servicio entre otros, en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
2. Participar en el dictado de los reglamentos de gestión y administración del espectro radioeléctrico y de facilidades satelitales.
3. Proponer las normas interpretativas de las Leyes Nros. 19.798 y 27.078.
4. Proponer el dictado de normas que promuevan y estimulen la competencia, así como la prevención y desaliento de las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante.
5. Proponer marcos regulatorios relativos a la promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de telecomunicaciones y tecnologías digitales, así como del acceso a la infraestructura activa y pasiva y de otros insumos o facilidades esenciales.
6. Realizar estudios especializados a efectos de contar con la información comparada a nivel internacional de los diferentes servicios.
7. Redactar los pliegos de bases y condiciones para el llamado a concurso para la adjudicación de licencias para prestar servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o autorizaciones para el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.
8. Intervenir en la atribución de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y verificar que las mismas cumplan con las políticas de competencia fijadas para el sector.
9. Entender en la elaboración de normas que impliquen la defensa de los derechos de los clientes y usuarios, en el ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN POSTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las normas vinculadas a la actualización del marco regulatorio en materia postal, en función de las directivas impartidas y conforme la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Proponer el dictado de normas que prevengan conductas anticompetitivas en el mercado postal.
2. Asistir en la determinación de los estándares mínimos de calidad de servicios postales.
3. Proponer actualizaciones del marco regulatorio postal.
4. Proponer la elaboración de las normas específicas para el control del correo oficial, la determinación, financiamiento y alcance del servicio postal básico universal, la calidad de sus servicios y demás obligaciones vinculadas a la prestación.
5. Asistir al Subsecretario en el dictado de normas que promuevan los servicios postales de valor agregado, así como la incorporación de la red postal al concepto de convergencia y el desarrollo de la distribución de logística liviana.
6. Evaluar el efecto económico de las reglamentaciones actuales y las que se dictaren en el futuro y su impacto en el mercado postal.
7. Entender en la elaboración de las normas que impliquen la defensa de los derechos los clientes, en el ámbito de su competencia.
8. Proponer los estudios previos que permitan optimizar la participación del Ministerio en la representación de la República Argentina ante la UNIÓN POSTAL UNIVERSAL (UPU), UNIÓN POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL (UPAEP) y otras organizaciones internacionales del sector.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el asesoramiento para la formulación de planes y programas del Ministerio, a mediano y largo plazo, en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
ACCIONES
1. Proponer la realización de estudios previos que permitan la atribución y gestión del espectro radioeléctrico y el dictado del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico.
2. Proponer actualizaciones de los Planes Fundamentales de numeración, de señalización, de portabilidad y de otros planes fundamentales.
3. Proponer políticas públicas de universalización de los servicios.
4. Proponer lineamientos de programas de servicio universal.
5. Efectuar el seguimiento del proceso de portabilidad numérica y proponer la actualización normativa que otorgue mayor facilidad en su tramitación a los consumidores.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SATELITALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en la formulación de las regulaciones, la fijación de los planes y la instrumentación de los programas vinculados con el desarrollo en materia satelital.
Intervenir en la gestión de orbitas de satélites y en la disposición de las medidas relativas a la provisión de facilidades satelitales.
ACCIONES:
1. Elevar una propuesta de un reglamento de provisión de facilidades satelitales.
2. Proponer el otorgamiento de las licencias y autorizaciones para el uso de facilidades satelitales.
3. Proponer el diseño de normas y acciones que favorezcan la implementación de condiciones competitivas para el desarrollo de la infraestructura de Red de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT).
4. Participar en el diseño de programas regionales de desarrollo satelital optimizando el uso de la capacidad de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT).
5. Proponer los estudios previos que permitan optimizar la participación del Ministerio en la representación de la República Argentina ante la UNION INTERNACIONAL DE LAS TELECOMUNCIACIONES (UIT), COMISION INTERAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES (CITEL), MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO - GRUPO DE NEGOCIACION SOBRE TELECOMUNICACIONES BASICAS (OMC-GNTB), ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE (ITSO), ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES MOVILES POR SATELITE (IMSO), y otras organizaciones internacionales del sector.
6. Entender en la tramitación de los pedidos de autorización para el uso e instalación de medios y sistemas satelitales.
7. Efectuar el seguimiento del uso de la capacidad satelital, y proponer alternativas superadoras.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Secretario en el afianzamiento de las relaciones institucionales a los efectos de articular las políticas y coordinar los planes relacionados con los servicios de competencia del Ministerio.
ACCIONES.
1. Articular las políticas del sector con las Provincias en coordinación con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las Jurisdicciones que correspondan, las cámaras empresarias, las empresas, y los organismos de su dependencia.
2. Mantener contacto continuo con los Gobiernos provinciales, las cámaras empresarias, las empresas, los demás ministerios y los organismos de su dependencia para coordinar los planes relacionados con los servicios de competencia del Ministerio.
3. Detectar las demandas, necesidades y vacancias tecnológicas en áreas estratégicas de todos los sectores de producción de bienes y/o servicios, tanto en el ámbito público como en el privado, de competencia del Ministerio.
4. Organizar y/o participar de foros de discusión, nacionales e internacionales, sobre temas de actualización, desarrollo y nuevas tendencias en el área de las comunicaciones.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las acciones y directivas impartidas para el desarrollo y crecimiento de las empresas vinculadas con el sector de las comunicaciones.
ACCIONES:
1. Formular e implementar estrategias, políticas y los instrumentos necesarios para promover y facilitar inversiones de empresas extranjeras en el país en los servicios de comunicación complementando la inversión doméstica.
2. Interactuar con organismos locales y extranjeros interesados en participar de nuevos desarrollos, tanto para su ejecución como con la financiación de los mismos.
3. Proponer la firma de convenios con universidades, otros organismos locales y extranjeros y con otros países para propender al desarrollo, actualización, cooperación e intercambio de información respecto de los servicios de competencia del Ministerio.
4. Fomentar la realización de asociaciones estratégicas entre compañías locales y extranjeras y la radicación de nuevas inversiones productivas en el sector de las comunicaciones.
5. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y en las directivas para las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de competencia del Ministerio.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Decisión Administrativa 126/2016
Apruébase estructura organizativa.
Bs. As., 26/02/2016
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y N° 268 del 29 de Diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, incorporándose el MINISTERIO DE COMUNICACIONES, a través del artículo 23 decies.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE COMUNICACIONES por el Decreto N° 13/15, resulta necesario ordenar las responsabilidades de dicha área.
Que por el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que, en virtud de ello, corresponde en esta instancia la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo de las restantes Secretarías del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE COMUNICACIONES al Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y 6° de la Ley N° 27.198.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Créanse, con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Dirección de Sistemas y Soporte Técnico, la Dirección de Sumarios, y la Dirección de Comunicación y Relaciones Institucionales, cuyas Responsabilidad Primaria y Acciones obran en Planilla Anexa al presente artículo y forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES, ambas dependientes del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos la, lb y II forman parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 4° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE COMUNICACIONES, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 5° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.
Art. 6° — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios, organismos descentralizados o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08.
Art. 7° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 8° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de la Jurisdicción 59 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio. — Oscar R. Aguad.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y SOPORTE TÉCNICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el servicio de soporte y mantenimiento correctivo, preventivo y evolutivo de los sistemas implementados en el área.
ACCIONES
1. Formular la planificación de los sistemas de información de la Jurisdicción.
2. Formular e intervenir en la ejecución de proyectos para la adecuación de los procesos de la Jurisdicción y para el desarrollo e implementación de soluciones informáticas para su gestión.
3. Estudiar, proponer e implantar prácticas y estándares para la gestión y administración de los procesos del organismo y de todas las actividades o tareas que en dichos procesos se realizan, mediante la sistematización informática.
4. Diseñar, implementar y mantener un sistema informático para la gestión documental de los procesos de la Jurisdicción.
5. Intervenir en la implementación de sistemas informáticos de gestión de la calidad y de planes, programas, directrices y lineamientos que en materia de gestión de las organizaciones públicas emanen de los organismos competentes.
6. Asistir y brindar soporte dentro de la incumbencia del área, al proceso de gestión de aplicaciones del organismo.
7. Planificar y ejecutar las tareas de instalación, mantenimiento preventivo y correctivo del parque de computadoras, impresoras y demás equipos informáticos de escritorio alcanzados por este soporte, así como también sistemas de base y componentes de aplicaciones en computadoras.
8. Participar en la elaboración de estándares de equipamiento y requerimientos técnicos para su adquisición.
9. Realizar el registro, la delegación y la actualización de los dominios gubernamentales dependientes del Ministerio, con intervención de las áreas competentes en la materia.
10. Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación, actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del Ministerio.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la ejecución de acciones relativas a las relaciones institucionales, internas y externas y en la política comunicacional de la jurisdicción.
ACCIONES:
1. Proponer la política de comunicación social del Ministerio, coordinar su efectiva ejecución y evaluar los resultados.
2. Coordinar la publicación de políticas y acciones ministeriales que deban ser materia de conocimiento público y promover su difusión.
3. Desarrollar planes, programas y procedimientos destinados a fortalecer las relaciones de la Institución con la comunidad, empresas, organismos públicos y privados.
4. Promover la gestión de convenios a nivel institucional con organizaciones públicas y privadas en el ámbito local, nacional e internacional.
5. Informar de los compromisos originados para la Jurisdicción en convenios nacionales e internacionales y su grado de cumplimiento.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Sustanciar los sumarios administrativos e informaciones sumarias ordenados por la autoridad competente, en relación a los agentes con vínculo de empleo público pertenecientes a la jurisdicción ministerial.
ACCIONES:
1. Dirigir el procedimiento conforme la normativa vigente y disponer las medidas tendientes al esclarecimiento de los hechos objeto de investigación.
2. Dar intervención a los organismos de control en los supuestos exigidos por la legislación vigente.
3. Determinar el perjuicio fiscal y responsabilidad patrimonial y solicitar informes en caso de intervención judicial.
ANEXO II
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las normas vinculadas a la actualización de los marcos regulatorios en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones, en función de las directivas impartidas y conforme a la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Proponer la actualización de los Reglamentos de licencias, interconexión, servicio universal, de sanciones, de clientes, y de calidad de servicio entre otros, en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
2. Participar en el dictado de los reglamentos de gestión y administración del espectro radioeléctrico y de facilidades satelitales.
3. Proponer las normas interpretativas de las Leyes Nros. 19.798 y 27.078.
4. Proponer el dictado de normas que promuevan y estimulen la competencia, así como la prevención y desaliento de las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante.
5. Proponer marcos regulatorios relativos a la promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de telecomunicaciones y tecnologías digitales, así como del acceso a la infraestructura activa y pasiva y de otros insumos o facilidades esenciales.
6. Realizar estudios especializados a efectos de contar con la información comparada a nivel internacional de los diferentes servicios.
7. Redactar los pliegos de bases y condiciones para el llamado a concurso para la adjudicación de licencias para prestar servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o autorizaciones para el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.
8. Intervenir en la atribución de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y verificar que las mismas cumplan con las políticas de competencia fijadas para el sector.
9. Entender en la elaboración de normas que impliquen la defensa de los derechos de los clientes y usuarios, en el ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN POSTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las normas vinculadas a la actualización del marco regulatorio en materia postal, en función de las directivas impartidas y conforme la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Proponer el dictado de normas que prevengan conductas anticompetitivas en el mercado postal.
2. Asistir en la determinación de los estándares mínimos de calidad de servicios postales.
3. Proponer actualizaciones del marco regulatorio postal.
4. Proponer la elaboración de las normas específicas para el control del correo oficial, la determinación, financiamiento y alcance del servicio postal básico universal, la calidad de sus servicios y demás obligaciones vinculadas a la prestación.
5. Asistir al Subsecretario en el dictado de normas que promuevan los servicios postales de valor agregado, así como la incorporación de la red postal al concepto de convergencia y el desarrollo de la distribución de logística liviana.
6. Evaluar el efecto económico de las reglamentaciones actuales y las que se dictaren en el futuro y su impacto en el mercado postal.
7. Entender en la elaboración de las normas que impliquen la defensa de los derechos los clientes, en el ámbito de su competencia.
8. Proponer los estudios previos que permitan optimizar la participación del Ministerio en la representación de la República Argentina ante la UNIÓN POSTAL UNIVERSAL (UPU), UNIÓN POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL (UPAEP) y otras organizaciones internacionales del sector.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el asesoramiento para la formulación de planes y programas del Ministerio, a mediano y largo plazo, en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
ACCIONES
1. Proponer la realización de estudios previos que permitan la atribución y gestión del espectro radioeléctrico y el dictado del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico.
2. Proponer actualizaciones de los Planes Fundamentales de numeración, de señalización, de portabilidad y de otros planes fundamentales.
3. Proponer políticas públicas de universalización de los servicios.
4. Proponer lineamientos de programas de servicio universal.
5. Efectuar el seguimiento del proceso de portabilidad numérica y proponer la actualización normativa que otorgue mayor facilidad en su tramitación a los consumidores.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SATELITALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en la formulación de las regulaciones, la fijación de los planes y la instrumentación de los programas vinculados con el desarrollo en materia satelital.
Intervenir en la gestión de orbitas de satélites y en la disposición de las medidas relativas a la provisión de facilidades satelitales.
ACCIONES:
1. Elevar una propuesta de un reglamento de provisión de facilidades satelitales.
2. Proponer el otorgamiento de las licencias y autorizaciones para el uso de facilidades satelitales.
3. Proponer el diseño de normas y acciones que favorezcan la implementación de condiciones competitivas para el desarrollo de la infraestructura de Red de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT).
4. Participar en el diseño de programas regionales de desarrollo satelital optimizando el uso de la capacidad de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT).
5. Proponer los estudios previos que permitan optimizar la participación del Ministerio en la representación de la República Argentina ante la UNION INTERNACIONAL DE LAS TELECOMUNCIACIONES (UIT), COMISION INTERAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES (CITEL), MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO - GRUPO DE NEGOCIACION SOBRE TELECOMUNICACIONES BASICAS (OMC-GNTB), ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE (ITSO), ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES MOVILES POR SATELITE (IMSO), y otras organizaciones internacionales del sector.
6. Entender en la tramitación de los pedidos de autorización para el uso e instalación de medios y sistemas satelitales.
7. Efectuar el seguimiento del uso de la capacidad satelital, y proponer alternativas superadoras.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Secretario en el afianzamiento de las relaciones institucionales a los efectos de articular las políticas y coordinar los planes relacionados con los servicios de competencia del Ministerio.
ACCIONES.
1. Articular las políticas del sector con las Provincias en coordinación con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las Jurisdicciones que correspondan, las cámaras empresarias, las empresas, y los organismos de su dependencia.
2. Mantener contacto continuo con los Gobiernos provinciales, las cámaras empresarias, las empresas, los demás ministerios y los organismos de su dependencia para coordinar los planes relacionados con los servicios de competencia del Ministerio.
3. Detectar las demandas, necesidades y vacancias tecnológicas en áreas estratégicas de todos los sectores de producción de bienes y/o servicios, tanto en el ámbito público como en el privado, de competencia del Ministerio.
4. Organizar y/o participar de foros de discusión, nacionales e internacionales, sobre temas de actualización, desarrollo y nuevas tendencias en el área de las comunicaciones.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las acciones y directivas impartidas para el desarrollo y crecimiento de las empresas vinculadas con el sector de las comunicaciones.
ACCIONES:
1. Formular e implementar estrategias, políticas y los instrumentos necesarios para promover y facilitar inversiones de empresas extranjeras en el país en los servicios de comunicación complementando la inversión doméstica.
2. Interactuar con organismos locales y extranjeros interesados en participar de nuevos desarrollos, tanto para su ejecución como con la financiación de los mismos.
3. Proponer la firma de convenios con universidades, otros organismos locales y extranjeros y con otros países para propender al desarrollo, actualización, cooperación e intercambio de información respecto de los servicios de competencia del Ministerio.
4. Fomentar la realización de asociaciones estratégicas entre compañías locales y extranjeras y la radicación de nuevas inversiones productivas en el sector de las comunicaciones.
5. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y en las directivas para las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de competencia del Ministerio.
ANEXO la

ANEXO lb

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
ANEXO lb
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
PROGRAMA 58
FORMULACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES
UNIDAD EJECUTORA
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Servicio Administrativo Financiero
329
FORMULACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES
UNIDAD EJECUTORA
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Servicio Administrativo Financiero
329
CARGO O CATEGORÍA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HS. DE CATEDRA | |
Planta Permanente | ||
FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL | ||
Jefe de Gabinete de Asesores | 1 | |
Subtotal Escalafón | 1 | |
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | ||
A | 6 | 0 |
B | 34 | 0 |
C | 16 | 0 |
D | 10 | 0 |
E | 7 | 0 |
Subtotal Escalafón | 73 | 0 |
TOTAL DEL PROGRAMA 58 | 74 | 0 |
CATEGORÍA 03
ACTIVIDADES COMUNES A LOS PROGRAMAS 22, 23 Y 24
UNIDAD EJECUTORA
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Servicio Administrativo Financiero
207
ACTIVIDADES COMUNES A LOS PROGRAMAS 22, 23 Y 24
UNIDAD EJECUTORA
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Servicio Administrativo Financiero
207
CARGO O CATEGORÍA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HS. DE CATEDRA | |
Planta Permanente | ||
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | ||
A | -1 | 0 |
B | -29 | 0 |
C | -27 | 0 |
D | -10 | 0 |
E | -7 | 0 |
Subtotal Escalafón | -74 | 0 |
TOTAL DE LA CATEGORÍA 03 | -74 | 0 |
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
INCORPORACIONES
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
INCORPORACIONES
Unidad organizativa | Nivel |
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN | |
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y SOPORTE TÉCNICO | II |
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES | II |
DIRECCIÓN DE SUMARIOS | II |
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN | I |
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS | I |
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS | I |
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN | |
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN | |
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES | I |
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN POSTAL | I |
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO | |
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN | I |
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SATELITALES | I |
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES | |
DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN | I |
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES | I |
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)