MINISTERIO DE TURISMO
Decisión Administrativa 1194/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 13/11/2015
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente en las Jurisdicciones 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS - Servicio Administrativo Financiero 321 - INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS y 53 - MINISTERIO DE TURISMO - Servicio Administrativo Financiero 322 - MINISTERIO DE TURISMO y Entidad 119 - INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, a efectos de posibilitar la atención de gastos emergentes de compromisos contraídos.
Que la modificación prevista implica un incremento en los créditos de los Programas 1 - Actividades Centrales, 16 - Desarrollo y Promoción del Turismo Nacional, 18 - Prestaciones Turísticas, 22 - Desarrollo Turístico con Financiamiento Internacional y 23 - Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos del MINISTERIO DE TURISMO, y 16 - Promoción del Turismo Receptivo Internacional del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA.
Que el citado incremento se financia con la mayor recaudación producida por el impuesto del CINCO POR CIENTO (5%) sobre la venta de pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior previsto en la Ley Nacional de Turismo N° 25.997.
Que la medida propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124 y el Artículo 9° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de esta decisión administrativa.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Carlos E. Meyer.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)