MERCOSUR/CMC/DEC N° 40/04
CREACION DE LA REUNION DE ALTAS AUTORIDADES SOBRE DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia y las Decisiones CMC N° 18/98, 02/02, 23/03 y 18/04.
CONSIDERANDO:
Que los derechos humanos son fundamentales para la construcción de sociedades libres y para la búsqueda del desarrollo económico y social.
Que la protección y la promoción de los derechos de los ciudadanos de los Estados Partes del MERCOSUR y de los Estados Asociados son objetivos esenciales del proceso de integración de América del Sur.
Que las libertades individuales, los principios democráticos y el estado de derecho constituyen valores comunes a las sociedades sudamericanas.
Que el Grupo Ad Hoc sobre Derechos Humanos realizó un importante trabajo sobre tales temas.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art. 1 — Instituir una reunión de Altas Autoridades en el área de Derechos Humanos, que sesionará con la participación de los órganos competentes en la materia de los Estados Partes y de los Estados Asociados, en los términos de la Dec. CMC N° 18/04, incluyendo las respectivas Cancillerías.
Art. 2 — Asignar al Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP) las funciones previstas en las Decisiones CMC N° 02/02 y 23/03, en lo que se refiere a las actividades de la Reunión de Altas Autoridades de Derechos Humanos.
Art. 3 — Esta Decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXVII CMC - Belo Horizonte, 16/XII/04