MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decisión Administrativa 912/2018
Acuerdo de Modificación. Apruébase gasto.
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-27572809-APN-SECCPYF#MSG y el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 1° de mayo de 2011 el MINISTERIO DE SEGURIDAD suscribió con el MINISTERIO DE DEFENSA del ESTADO DE ISRAEL un Memorando de Entendimiento en relación con la Cooperación Industrial y Tecnológica en el Campo de Seguridad Interior.
Que dicho Memorando tuvo como antecedente que le sirvió como marco, el Convenio de Cooperación, Comercial y Económica suscripto por la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE ISRAEL con fecha 4 de abril de 1995 y que fuera aprobado en el ámbito jurídico interno por la Ley N° 24.710.
Que el día 15 de diciembre de 2016 el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE DEFENSA del ESTADO DE ISRAEL, suscribieron un Convenio de Implementación, relativo a la venta de CUATRO (4) lanchas de patrullas costeras con sus respectivos equipos y servicios.
Que se estipuló el precio que debía abonar el MINISTERIO DE SEGURIDAD en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 49.000.000,-).
Que frente a la necesidad de integración de la información relevante que se genere y utilice en las CUATRO (4) lanchas de patrulla costeras con el sistema de comando y control que actualmente utiliza la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA es que se promueve el Acuerdo de Modificación N° 1 al Convenio ut supra mencionado por la suma total adicional de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS (US$ 468.600.-).
Que han tomado la intervención de sus competencias la ex - SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA y la ex SECRETARÍA DE FRONTERAS entonces dependientes del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el gasto derivado del Acuerdo de Modificación N° 1 al Convenio de Implementación suscripto el 11 de diciembre de 2017 entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE DEFENSA del ESTADO DE ISRAEL, que obra como Anexo adjunto a la presente medida (CONVE-2018-14402314-APN-SCFYC#MSG) por un importe de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS (US$ 468.600).
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, deberá imputarse a la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
Decisión Administrativa 912/2018
Acuerdo de Modificación. Apruébase gasto.
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-27572809-APN-SECCPYF#MSG y el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 1° de mayo de 2011 el MINISTERIO DE SEGURIDAD suscribió con el MINISTERIO DE DEFENSA del ESTADO DE ISRAEL un Memorando de Entendimiento en relación con la Cooperación Industrial y Tecnológica en el Campo de Seguridad Interior.
Que dicho Memorando tuvo como antecedente que le sirvió como marco, el Convenio de Cooperación, Comercial y Económica suscripto por la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE ISRAEL con fecha 4 de abril de 1995 y que fuera aprobado en el ámbito jurídico interno por la Ley N° 24.710.
Que el día 15 de diciembre de 2016 el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE DEFENSA del ESTADO DE ISRAEL, suscribieron un Convenio de Implementación, relativo a la venta de CUATRO (4) lanchas de patrullas costeras con sus respectivos equipos y servicios.
Que se estipuló el precio que debía abonar el MINISTERIO DE SEGURIDAD en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 49.000.000,-).
Que frente a la necesidad de integración de la información relevante que se genere y utilice en las CUATRO (4) lanchas de patrulla costeras con el sistema de comando y control que actualmente utiliza la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA es que se promueve el Acuerdo de Modificación N° 1 al Convenio ut supra mencionado por la suma total adicional de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS (US$ 468.600.-).
Que han tomado la intervención de sus competencias la ex - SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA y la ex SECRETARÍA DE FRONTERAS entonces dependientes del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el gasto derivado del Acuerdo de Modificación N° 1 al Convenio de Implementación suscripto el 11 de diciembre de 2017 entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE DEFENSA del ESTADO DE ISRAEL, que obra como Anexo adjunto a la presente medida (CONVE-2018-14402314-APN-SCFYC#MSG) por un importe de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS (US$ 468.600).
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, deberá imputarse a la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 08/05/2018 N° 31410/18 v. 08/05/2018
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)