Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

Decisión Administrativa 863/2019

DA-2019-863-APN-JGM - Estructura organizativa. Modificaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-39102947-APN-SIGEN, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 296 de fecha 9 de marzo de 2018 y 289 de fecha 15 de abril de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 296/18 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por el Decreto N° 958/18, modificatorio del Decreto Nº 174/18, se incorporó la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO, ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que por la Decisión Administrativa N° 289/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, con excepción de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO y de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA.

Que en el marco de la aprobación de la nueva conformación organizativa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, tomó intervención la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, de acuerdo a lo previsto en el artículo 5° del Decreto N° 72/18.

Que tal previsión encuentra fundamento en las atribuciones de supervisión y de coordinación técnica y funcional respecto de las Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción y Entidad del Sector Público Nacional, atribuidas a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN en el Título VI de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que dicho organismo concluyó que en función de las competencias del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y TRABAJO, la dispersión geográfica de sus acciones, el capital humano del que dispone y el presupuesto asignado, resulta necesario realizar adecuaciones a la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

Que dichas modificaciones resultan necesarias para fortalecer el desarrollo de una estrategia de control más abarcativa, considerando la complejidad y diversidad de las áreas bajo su competencia de control.

Que, por otra parte, en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se encuentran cargos vacantes pertenecientes a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, por lo que resulta conveniente derogar el cargo de Auditor Adjunto de Políticas de Empleo, Capacitación Laboral, Fiscalización, Relaciones Laborales y Seguridad Social del Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que, en consecuencia, dicha medida no implica mayor erogación presupuestaria.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase, como Anexo IIIj del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 289 de fecha 15 de abril de 2019, el organigrama de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019- 94824464-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2°.- Incorpóranse al Anexo IV del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 289 de fecha 15 de abril de 2019, las Acciones del Auditor Adjunto de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF- 2019-94830200-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el Anexo IIIa del artículo 2º de la Decisión Administrativa N° 296 de fecha 9 de marzo de 2018, por el que, con igual denominación, obra en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019- 94826918-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo IV del artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 296 de fecha 9 de marzo de 2018, las Acciones de la Auditoría Adjunta de Políticas de Empleo, Capacitación Laboral, Fiscalización, Relaciones Laborales y Seguridad Social, dependiente del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 5°.- Incorpórase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, el cargo perteneciente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019- 94828241-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 6°.- Derógase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, el cargo perteneciente a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-94829171-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/10/2019 N° 80924/19 v. 23/10/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)
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