Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”

Decisión Administrativa 834/2019

DA-2019-834-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2019

VISTO el Expediente EX-2019-55953101- -APN-DNDO#JGM, la Ley Nº 19.337, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus modificatorios, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 632 del 6 de julio de 2018, la Decisión Administrativa N° 432 del 12 de diciembre de 1996, la Resolución Conjunta N° 56 del 30 de julio de 1992 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA y de la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 19.337 se transformó el establecimiento hospitalario entonces denominado SANATORIO “DOCTOR BALDOMERO SOMMER” en un organismo de carácter descentralizado, actual HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”.

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, que incluye al MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo asimismo, sus competencias.

Que por el artículo 3º del citado Decreto se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos el HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto Nº 1133/09 y sus modificatorios se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa N° 432/96 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”.

Que por la Resolución Conjunta del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA y de la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 56/92 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del citado organismo.

Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los Organismos descentralizados y desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL deberán presentar en un plazo de SESENTA (60) días, computados a partir de la entrada en vigencia del referido decreto, un proyecto de optimización de su estructura organizativa.

Que el cumplimiento de los objetivos del Gobierno torna menester la reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado Nacional, incluyendo sus organismos descentralizados, entre los que se encuentra el citado Hospital Nacional.

Que, en consecuencia, resulta necesario efectuar modificaciones en la estructura organizativa del referido Hospital Nacional e incorporar y homologar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE HACIENDA de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto N° 72 del 23 de enero de 2018.

Que los servicios jurídicos permanentes del HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, y del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos I (IF-2019-55954370-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2019-90185114-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc (IF-2019-55957368-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2019-55959427-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse y homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes al HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-55960686-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- Suprímense las unidades de nivel departamental del HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-55962072-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 5º.- Mantiénese la vigencia de las unidades de nivel departamental del HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, que se detallan en el listado obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-55963274-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa, las que mantendrán las acciones y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 6º.- Facúltase al Director del HOSPITAL NACIONAL, “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a modificar la estructura organizativa aprobada por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la ENTIDAD 903 – HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, JURISDICCIÓN 85 –MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/10/2019 N° 76186/19 v. 07/10/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
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