Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 4/2009

Incorpórase con carácter de excepción el cargo de Presidente de la Comision Nacional de Pensiones Asistenciales.

Bs. As., 14/1/2009

VISTO el expediente Nº E-72801-2008 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 1455 del 12 de diciembre de 1996 y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1 del 2 de enero de 2008, y la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1455/96 se creó, como Organismo Desconcentrado, la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES en el ámbito de la ex SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, indicando que la misma es presidida por un funcionario con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que por el Decreto Nº 20/07 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político, y la segunda apertura por Resolución MDS Nº 01/08.

Que la estructura aprobada incluye a la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES, como Organismo Desconcentrado dependiente de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que en atención a la diversidad de tareas que se asignan a dicho organismo, y la complejidad que conlleva la territorialidad de sus acciones, debe dotarse de un Gabinete al Presidente de la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES, incorporándolo, a la nómina de funcionarios a que refieren los artículos 1º, 2º y 3º, así como al inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477/98.

Que han tomado intervención la SECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1º y 2º de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Incorpórase con carácter de excepción a partir de la vigencia de la presente Decisión Administrativa, el cargo de Presidente de la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES en los artículos 1º, 2º y 3º, así como en el inciso c) de la Planilla anexa al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 3º —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sergio T. Massa. — Alicia M. Kirchner.

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