PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 261/2017
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-06730507-APN-DMEYN#MHA, del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA, la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que es menester modificar los créditos vigentes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a fin de cumplir con los compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que es necesario reforzar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el Convenio de Cooperación Técnica celebrado con la Corporación Andina de Fomento en el marco del Plan Belgrano.
Que resulta conveniente incrementar el presupuesto vigente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a los fines de la puesta en valor de edificios del ESTADO NACIONAL.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de posibilitar la correcta ejecución de las obras enmarcadas en convenios de colaboración y transferencia con las provincias y los municipios correspondientes al Programa 72 “Formulación, Ejecución y Control de Obras Públicas”.
Que adicionalmente es menester dotar de crédito a distintas actividades del Programa 87 “Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Educativa” (CAF N° 8673, CAF N° 8945, BID N° 2940/OC – AR, CAF N° 7908) del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, mediante una compensación parcial de créditos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES y una reducción interna de créditos de aquella Cartera Ministerial con el objeto de financiar obras en establecimientos educativos que se encuentran en ejecución y licitación.
Que, asimismo, es necesario reforzar los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de atender gastos de funcionamiento e inversiones, financiados mediante la incorporación de recursos propios.
Que por el Decreto N° 228 de fecha 21 de enero de 2016 el PODER EJECUTIVO NACIONAL declaró la “emergencia de seguridad pública” en la totalidad del territorio nacional con el objeto de revertir la situación de peligro colectivo creada por el delito complejo y el crimen organizado.
Que la declaración de “emergencia de seguridad pública” fue prorrogada por el Decreto N° 50 de fecha 19 de enero de 2017.
Que en el marco de la mentada emergencia de seguridad pública es intención del PODER EJECUTIVO NACIONAL que la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, se constituya como una agencia de investigación del delito complejo con movilidad y operatividad en todo el país.
Que a tales efectos, resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la citada Fuerza de Seguridad.
Que con el objeto de atender gastos imprescindibles derivados de la emergencia de seguridad pública, se compensan créditos entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD, la GENDARMERÍA NACIONAL y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, éstos últimos actuantes en el ámbito del citado Ministerio.
Que la modificación mencionada en el Considerando anterior implica una compensación entre las Finalidades 2 – Servicios de Defensa y Seguridad y 3 – Servicios Sociales.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA a fin de adecuar los créditos a sus necesidades mediante una compensación de las asignaciones vigentes del Inciso 1 - Gastos en Personal correspondientes a la Función Inteligencia entre la mencionada Jurisdicción y el MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que es menester reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a fin de atender transferencias al exterior y a la Fundación Exportar.
Que es necesario ampliar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objeto de atender gastos en personal, de funcionamiento, de capital y transferencias.
Que tal incremento será financiado con la eliminación de las Aplicaciones Financieras.
Que resulta necesario efectuar una compensación de créditos presupuestarios correspondientes a Gastos en Personal, en función del traspaso de CINCO (5) agentes del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN al MINISTERIO DE TRANSPORTE, dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 1.285 de fecha 8 de noviembre de 2016.
Que es menester reforzar los créditos y recursos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento 22 – Crédito Externo, correspondientes a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, para atender compromisos asumidos con el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) en el marco del Proyecto de Restitución Ambiental de la Minería de Uranio (PRAMU).
Que dicho refuerzo se financia con la baja de créditos y fuentes financieras de la Fuente de Financiamiento 22 – Crédito Externo del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que es menester incorporar en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, recursos provenientes de una donación de la Embajada de Estados Unidos de América destinada al Programa de Gestión Educativa.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de atender los gastos que demandan la continuidad de los proyectos que desarrolla la Institución.
Que dichos refuerzos se financian con una incorporación de mayores Recursos Propios en concepto de Derechos de Autor e Intereses respecto al presupuesto vigente.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la Empresa EDUCAR SOCIEDAD DEL ESTADO y al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-06868018-APN-SSP# MHA).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Decisión Administrativa 261/2017
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-06730507-APN-DMEYN#MHA, del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA, la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que es menester modificar los créditos vigentes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a fin de cumplir con los compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que es necesario reforzar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el Convenio de Cooperación Técnica celebrado con la Corporación Andina de Fomento en el marco del Plan Belgrano.
Que resulta conveniente incrementar el presupuesto vigente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a los fines de la puesta en valor de edificios del ESTADO NACIONAL.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de posibilitar la correcta ejecución de las obras enmarcadas en convenios de colaboración y transferencia con las provincias y los municipios correspondientes al Programa 72 “Formulación, Ejecución y Control de Obras Públicas”.
Que adicionalmente es menester dotar de crédito a distintas actividades del Programa 87 “Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Educativa” (CAF N° 8673, CAF N° 8945, BID N° 2940/OC – AR, CAF N° 7908) del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, mediante una compensación parcial de créditos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES y una reducción interna de créditos de aquella Cartera Ministerial con el objeto de financiar obras en establecimientos educativos que se encuentran en ejecución y licitación.
Que, asimismo, es necesario reforzar los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de atender gastos de funcionamiento e inversiones, financiados mediante la incorporación de recursos propios.
Que por el Decreto N° 228 de fecha 21 de enero de 2016 el PODER EJECUTIVO NACIONAL declaró la “emergencia de seguridad pública” en la totalidad del territorio nacional con el objeto de revertir la situación de peligro colectivo creada por el delito complejo y el crimen organizado.
Que la declaración de “emergencia de seguridad pública” fue prorrogada por el Decreto N° 50 de fecha 19 de enero de 2017.
Que en el marco de la mentada emergencia de seguridad pública es intención del PODER EJECUTIVO NACIONAL que la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, se constituya como una agencia de investigación del delito complejo con movilidad y operatividad en todo el país.
Que a tales efectos, resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la citada Fuerza de Seguridad.
Que con el objeto de atender gastos imprescindibles derivados de la emergencia de seguridad pública, se compensan créditos entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD, la GENDARMERÍA NACIONAL y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, éstos últimos actuantes en el ámbito del citado Ministerio.
Que la modificación mencionada en el Considerando anterior implica una compensación entre las Finalidades 2 – Servicios de Defensa y Seguridad y 3 – Servicios Sociales.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA a fin de adecuar los créditos a sus necesidades mediante una compensación de las asignaciones vigentes del Inciso 1 - Gastos en Personal correspondientes a la Función Inteligencia entre la mencionada Jurisdicción y el MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que es menester reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a fin de atender transferencias al exterior y a la Fundación Exportar.
Que es necesario ampliar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objeto de atender gastos en personal, de funcionamiento, de capital y transferencias.
Que tal incremento será financiado con la eliminación de las Aplicaciones Financieras.
Que resulta necesario efectuar una compensación de créditos presupuestarios correspondientes a Gastos en Personal, en función del traspaso de CINCO (5) agentes del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN al MINISTERIO DE TRANSPORTE, dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 1.285 de fecha 8 de noviembre de 2016.
Que es menester reforzar los créditos y recursos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento 22 – Crédito Externo, correspondientes a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, para atender compromisos asumidos con el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) en el marco del Proyecto de Restitución Ambiental de la Minería de Uranio (PRAMU).
Que dicho refuerzo se financia con la baja de créditos y fuentes financieras de la Fuente de Financiamiento 22 – Crédito Externo del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que es menester incorporar en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, recursos provenientes de una donación de la Embajada de Estados Unidos de América destinada al Programa de Gestión Educativa.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de atender los gastos que demandan la continuidad de los proyectos que desarrolla la Institución.
Que dichos refuerzos se financian con una incorporación de mayores Recursos Propios en concepto de Derechos de Autor e Intereses respecto al presupuesto vigente.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la Empresa EDUCAR SOCIEDAD DEL ESTADO y al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-06868018-APN-SSP# MHA).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)