MERCOSUR/CMC/DEC Nº 45/10
COMISION DE COORDINACION DE MINISTROS DE ASUNTOS SOCIALES DEL MERCOSUR
VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 39/08 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario avanzar en el desarrollo de la dimensión social en el MERCOSUR, con el objetivo de fortalecer el proceso de integración, aportar a la superación de las asimetrías entre los Estados Partes, así como promover el diálogo social y el desarrollo humano integral.
Que el Artículo 8º de la Decisión CMC Nº 39/08 establece que la Comisión de Coordinación de Ministros de Asuntos Sociales del MERCOSUR (CCMASM) elaborará su reglamento interno y que el mismo deberá ser aprobado por el Consejo del Mercado Común.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art. 1 - Incluir en el artículo 3º de la Decisión CMC Nº 39/08 como función de la CCMASM el siguiente literal:
i. Promover el diálogo social en los Estados Partes en los temas de su competencia, así como articular acciones con los ámbitos de la estructura institucional del MERCOSUR competentes en la materia.
Art. 2 - Aprobar el "Reglamento Interno de la Comisión de Coordinación de Ministros de Asuntos Sociales del MERCOSUR", que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XL CMC - Foz de Iguazú, 16/XII/10