Presidencia de la Nación

CONSEJO DEL MERCADO COMUN


MERCOSUR/CMC/DEC. N° 28/07

ACUERDO DE SEDE ENTRE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL MERCADO

COMUN DEL SUR (MERCOSUR) PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO

SOCIAL DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 61/00 y N° 03/07 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que, la Decisión CMC N° 03/07 crea al Instituto Social del MERCOSUR (ISM) y establece su sede en la ciudad de Asunción.

Que es necesario establecer las modalidades de cooperación entre la República del Paraguay y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y determinar las condiciones y prerrogativas que facilitarán el desempeño de las funciones del ISM.

Que el artículo 36 del Protocolo de Ouro Preto establece la potestad del MERCOSUR de celebrar Acuerdos de Sede.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

Art. 1 - Aprobar la suscripción del "Acuerdo de Sede entre la República del Paraguay y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para el Funcionamiento del Instituto Social del MERCOSUR", que consta como Anexo a la presente Decisión.

Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXIII CMC - Asunción, 28/VI/07

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