CONSEJO DEL MERCADO COMUN
COOPERACION TECNICA INSTITUCIONES Y ENTIDADES...
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Feb-2005
Resumen:
FACULTAR A LA COMISION DE REPRESENTANTES PERMANENTES DEL MERCOSUR (CRPM) A GESTIONAR Y SUSCRIBIR PROYECTOS Y ACUERDOS DE COOPERACION TECNICA CON INSTITUCIONES Y ENTIDADES DE LOS ESTADOS PARTES, CON TERCEROS PAISES, AGRUPACIONES DE PAISES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES, DIRECTAMENTE VINCULADOS CON LAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASIGNADAS A LA CRPM Y A LA SECRETARIA DEL MERCOSUR (SM) Y AL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE ESTOS ORGANOS.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 12 DE LA DECISION N° 10/2012 DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN - B.O. 18/09/2013 - PAG. 50