CONSEJO DEL MERCADO COMUN
INTECAMBIO INFORMACION SISTEMAS INFORMATICOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Feb-2005
Resumen:
LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS DEBERAN ORGANIZAR, MANTENER Y COMPARTIR LAS INFORMACIONES CONTENIDAS EN SUS BANCOS DE DATOS INFORMATIZADOS, INCLUYENDO LAS REFERENTES A LAS PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS QUE ACTUAN EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR DE LOS RESPECTIVOS ESTADOS PARTES.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2 DE LA DECISION N° 26/06 - BO 6/2/2007.