CONSEJO DEL MERCADO COMUN
CONVENIOS COOPERACION TECNICA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Feb-2005
Resumen:
DELEGAR EN EL GRUPO MERCADO COMUN LA FACULTAD DE SUSCRIBIR CONVENIOS EN EL MARCO DE LA NEGOCIACION DE PROGRAMAS DE COOPERACION TECNICA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 14, NUMERAL VII DEL PROTOCOLO DE OURO PRETO.