BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION 'B' 6378 (24/08/98). Ref.: Comunicación 'B' 6374 del 13.08.98. Ampliación de su contenido, en relación con la liquidación de las Operaciones de Pase Pasivas para el Banco Central.
B.O: 04/09/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que el Banco Central de la República Argentina ha dispuesto ampliar el texto de la Comunicación 'B' 6374 del 13.08.98 a efectos de facilitar la operatoria de liquidación de los pases pasivos con entrega de Certificados de Depósitos de bancos extranjeros con calificación AA- como mínimo.
A tal efecto las entidades podrán, indistintamente, pagar a través del sistema MEP con crédito para la cuenta Nº 900 del Banco Central, indicando en el campo Instrucción de Pago: 'LIQUIDACION PASE PASIVO PARA EL BANCO CENTRAL, DE LA FECHA', o bien acreditar la cuenta Nº 839103152750040 del Banco Central en el Deutsche Bank N. York, informando como referencia: 'LIQUIDACION PASE PASIVO CON CD's'.
Las operaciones se concertarán a un día hábil, con liquidación del pago por la apertura del pase hasta las 17:00 horas. El Banco Central considerará las extensiones de horario que se hagan necesarias, por las demoras que puedan ocurrir en la acreditación de fondos en sus cuentas en el exterior, tanto por el cumplimiento de los pagos directos referidos en el párrafo anterior, como por las transferencias instruidas para el crédito de sus cuentas corrientes locales, que afectarán a través del M.E.P.
El Banco Central acreditará la liquidación del cierre de los pases concertados el día hábil anterior, en las cuentas corrientes de las entidades en este Banco Central, hasta las 15:00 horas. Tratándose de requerimientos de fondos para ser acreditados directamente en cuentas de las entidades en plaza N. York, la instrucción deberá ser dada a la Mesa de Operaciones de Cambio y de Mercado Abierto hasta las 13:00 horas.
Con relación al prorrateo del total ofrecido diariamente en función de lo requerido por las entidades, se excluye del mismo a las renovaciones cuando la oferta sea por igual o mayor valor a la informada el día hábil anterior. Cuando la oferta se efectúe por menor valor y las renovaciones la superen, el prorrateo se efectuará en función de las mismas, no quedando margen para la concertación de nuevas operaciones.
Respecto de los horarios en que se informará el importe ofrecido y los importes aceptados, como así también del horario límite para aceptar la demanda de las entidades, continuarán siendo las 11:00, 13:30 y 13:00 horas, respectivamente. Asimismo, continúa vigente la tasa informada para estas operaciones en la Comunicación 'B' 6374, del 5,40% nominal anual.
Por último, el Banco Central podrá ampliar el importe ofrecido después de informado, cuando sus tenencias de CD's lo permitan y las expectativas del mercado lo hagan aconsejable.
e. 4/9 N° 243.732 v. 4/09/98.