Presidencia de la Nación

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


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ENLACE AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION “A” 5282. 14/02/2012. Ref.: Circular LISOL 1-548. CONAU 1-967. Capitales mínimos de las entidades financieras. Supervisión consolidada. Incumplimientos de capitales mínimos y relaciones técnicas. Criterios aplicables. Cajas de crédito cooperativas (Ley 26.173). Distribución de resultados. Clasificación de deudores. Actualización.
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