Presidencia de la Nación

Comunicación A 3143 / 2000

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 15-Ago-2000
Resumen:

REF.: CIRCULAR LISOL 1 - 308. REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ. ACTUALIZACION DEL TEXTO ORDENADO

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