BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2700 (12/05/98). Ref.: Circular CAMCO 1-105. Sistema Nacional de Pagos - Compensación electrónica de instrumentos - Truncamiento de cheques.
B.O.: 27/5/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Comunicamos a Uds. que se ha dispuesto implementar la operatoria de truncamiento de cheques a partir del 31 de julio del corriente año. En tal sentido, las entidades depositarias de cheques deberán retenerlos cuando su importe sea menor o igual a $ 700 (setecientos pesos) y enviar en forma electrónica a las entidades giradas, y a través de la cámara compensadora correspondiente, los datos identificatorios de dichos documentos para que estas confirmen o rechacen su pago (Comunicación "A" 2559).
Con anterioridad a dicha fecha y a efectos de cubrir las obligaciones legales y reglamentarias inherentes a la puesta en funcionamiento de esta modalidad, las entidades financieras deberán suscribir convenios que regulen los deberes a asumir.
e. 27/5 N°228.680 v.27/5/98 |