BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( B.C.R.A.)
ENLACE AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CITADA
COMUNICACION 'A' 2893 - 31/3/99 - Ref.: Circular LISOL 1 - 232. Capitales mínimos de las entidades financieras. Clasificación de deudores y previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad. Tratamiento de la insuficiencia de previsiones.