BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
CASAS Y AGENCIAS DE CAMBIO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Abr-1971
Resumen:
LAS ENTIDADES HABILITADAS PARA OPERAR DE ACUERDO CON LA CONDICION FIJADA EN EL SEGUNDO PARRAFO DE LA CIRCULAR 220- R.C. 396- DEBERAN ENCUADRAR SU FUNCIONAMIENTO EN DIVERSAS NORMAS.