Las aseguradoras y/o reaseguradoras pueden solicitar excepciones a lo indicado en la normativa sobre inmuebles establecida en los artículos 30, 35 y 39 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) sin que ello implique la aceptación por parte de la SSN.
¿A quién está dirigido?
A entidades aseguradoras.
¿Qué necesito?
Tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD) (clave fiscal).
Nota con la solicitud de excepción firmada por el presidente o apoderado legal, después del apoderado TAD en AFIP que es quien debe ingresar el trámite.
Nota solicitud firmada por Presidente o Apoderado Legal
Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada.
¿Cómo hago?
Ingresá a TAD, trámite “Pedido de excepción a normativa sobre inmuebles”, con clave fiscal.
Debés operar como apoderado de la entidad a la que representas.
El rol del Apoderado no es el de "apoderado legal", sino es quien fue designado por el administrador de relaciones de clave fiscal de la entidad como quién gestiona el trámite y la firma digital de la entidad por la que está actuando en nombre.
Completá el formulario (Pedido de Excepción a Normativa sobre Inmuebles).
Adjuntá la documentación respaldatoria en caso de querer agregar algún documento adicional (es opcional).
Establecé los firmantes.
Deberá firmar el presidente o apoderado legal y el apoderado TAD en AFIP que es quien ingresa el trámite.
Confirmá el trámite.
Cada firmante deberá firmar a través de TAD.
Finalizado el proceso obtendrás un Nº de expediente dentro del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). Deberá esperar la respuesta por parte del Organismo, en la cual se indica si se otorga o no la solicitud.
Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400 o escribir a [email protected].
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito