Si vas a viajar fuera de Argentina y lo hacés con bienes de uso personal en tu equipaje, antes de salir tenés que exhibirlos ante el servicio aduanero y declararlos al regresar, para que no te exijan el pago de impuestos a la importación para consumo.
¿A quién está dirigido?
A cualquier viajero que transporte bienes como parte de su equipaje, para que no le sea exigido el pago de los tributos que gravan la importación para consumo.
No constituyen equipaje
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Armas de fuego sin la autorización de la Agencia Nacional de Materiales Controlados - ANMAC (ex RENAR).
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Mercadería de exportación prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal y vegetal.
¿Qué necesito?
Formulario OM 121 completo y firmado ante el servicio aduanero.
¿Cómo hago?
Ingresá al servicio Sistema para la declaración de objetos y/o vehículos de AFIP.
Elegí la opción Realizar declaración.
Completá los campos requeridos y hacé clic en Buscar.
Cargá la información solicitada y presioná en Continuar.
Completá los campos en Datos de salida y en Carga de objetos.
Hacé clic en Generar formulario.
El sistema te mostrará en pantalla el código de ingreso por Internet, con el que podrás ingresar a consultar el formulario que confeccionaste, realizar las modificaciones que correspondan e imprimirlo con la opción F.121.
Tené en cuenta...
Imprimí el formulario por duplicado y firmalo ante el personal aduanero interviniente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito