Presidencia de la Nación

Trabajo adolescente


Los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes se encuentran contenidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) N° 138 y N° 182 sobre “La Edad Mínima de Admisión al Empleo”, ratificado por Ley N° 24.650 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, entre otras normas.

En materia laboral rige, desde junio del 2008, la Ley N° 26.390 de 2011 sobre Régimen de Trabajo Agrario.

Fiscalización del cumplimiento de la normativa laboral

Las administraciones laborales de cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la facultad de fiscalizar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre trabajadores adolescentes.
“La inspección del trabajo deberá ejercer las funciones conducentes al cumplimiento de la prohibición del trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente” (Ley Nº 26.390, art. 2°)

CONTACTO

Coordinación de Prevención del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente
Dirección: Av. Leandro N. Alem 628, piso 6, CABA
Código Postal: C1001AAO
Teléfono: (011) 4310-5993/6451/6366/3655
Correo electrónico: [email protected]

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