Presidencia de la Nación

La SSN simplifica el punto 25 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora

Se eliminan disposiciones redundantes y se reestructura el marco regulatorio para mayor claridad y eficiencia.

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) continúa avanzando en el proceso de actualización normativa con el propósito fundamental de proteger los intereses de los asegurados y asegurables, y al mismo tiempo favorecer el adecuado funcionamiento del mercado de seguros. En este sentido, resulta crucial establecer un marco normativo claro y seguro, que brinde certeza tanto jurídica como operativa.

Por esta razón, a través de la Resolución 2025-158-APN- SSN#MEC, se han realizado modificaciones en el punto 25 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708, del 6 de noviembre de 2014) con el objetivo de lograr una redacción más precisa y estructurada, que brinde mayor claridad y certeza a sus disposiciones.

Se ha identificado que parte de la normativa en este punto ya está contemplada en otros cuerpos legales, como el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Seguros N° 17.418, generando redundancias en el sistema normativo. En consecuencia, y en conformidad con el artículo 25 de la Ley N° 20.091, se trabajó en la consolidación y simplificación del marco regulatorio para optimizar las disposiciones vigentes.

A partir de este análisis, se ha decidido suprimir las normas redundantes y reubicar aquellas disposiciones que no tienen una relación directa con el contenido esencial de la póliza de seguro. Además, se ha considerado conveniente eliminar los anexos del punto 25, buscando ofrecer un texto normativo más claro y eficaz.

Con esta modificación, la SSN reafirma su compromiso con la simplificación normativa, facilitando la elaboración de las Condiciones Particulares y el Certificado de Incorporación de los contratos de seguros, lo que garantiza mayor claridad y eficiencia en su formalización.

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