CABA aprobó la puesta en funcionamiento de un fuero laboral en su jurisdicción
La medida implica la adhesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) a la Ley 27.348, complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.
La Legislatura porteña aprobó el proyecto de ley que habilita la puesta en funcionamiento del Fuero laboral en el ámbito de CABA, que estará integrado por diez Juzgados de Primera Instancia y una Cámara de Apelaciones del Trabajo conformada por dos Salas.
Esta decisión significa, en los hechos, que la ciudad adhiere a las disposiciones establecidas en el título 1 de la ley complementaria sobre riesgos del trabajo, que determina -entre otras cuestiones- la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales como instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Los argumentos esgrimidos por los legisladores que apoyaron el proyecto son, entre otros, la demora en la resolución de los procesos laborales ante la Justicia Nacional del Trabajo, que se suma a la importante cantidad de vacantes pendientes de designación de jueces en ambas instancias. Esto impacta en las expectativas de la ciudadanía, quienes aguardan durante años la resolución de sus reclamos laborales, pero también en las pymes, que ven afectados en la dilación de las resoluciones su patrimonio y continuidad.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en este aspecto, trabaja activamente con las administraciones de las diferentes jurisdicciones y con las cortes de Justicia con un objetivo primordial: celeridad y eficiencia en la resolución de los casos derivados de contingencias laborales en sedes administrativas y, en caso de recurrencia al fuero de la Justicia laboral, que éste cuente con cuerpos de peritos profesionales especializados en valoración del daño y con criterios de diagnóstico similares a los utilizados en las comisiones médicas, aplicando de manera más ágil y sencilla el baremo del sistema de riesgos del trabajo.
Estas medidas apuntan, por un lado, a reducir la litigiosidad laboral, ya que se asegura en la instancia administrativa la garantía del debido proceso, con plazos de resolución notoriamente más cortos y reparaciones oportunas y justas; y por el otro (y como consecuencia) incentivar nuevas inversiones que generen puestos de trabajo.