Modificación de los valores en el marco de la actividad aseguradora
Modificación de los valores a informar por la tasación de inmuebles en el marco de la actividad aseguradora
El TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante la Resolución N° RESOL-2024-13-APN-TTN#MEC ha aprobado la actualización del denominado Procedimiento Interno TTN N° 5, dirigido a “la valuación y exposición de bienes inmuebles en el marco del reglamento general de la actividad aseguradora”, con el objetivo de mejorar los tiempos de respuesta, desburocratizar y simplificar los procedimientos administrativos reordenando la normativa interna.
La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN informó que resultaba suficiente que los Dictámenes de Valor emitidos por el Tribunal refieran única y exclusivamente al Valor de mercado. En ese marco, el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN adoptó como “Valor Razonable” al “Valor de Mercado” definido según Norma TTN N° 1.6, aclarando que para su obtención deberá priorizarse la utilización del Método Comparativo.
Se informa que, a partir del 1 de junio de 2024, se dejó sin efecto el Procedimiento Interno TTN N° 5.1 que exigía informar desagregado el valor asignable al terreno y a las construcciones, aplicando a partir de esa fecha el Procedimiento Interno TTN Nº 5.2 (IF-2024-55059950-APN-TTN#MEC).
Cabe destacar que la actuación del Tribunal en estos casos se enmarca en la competencia establecida en la Ley Nº 21.626 Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (t.o. 2001) inciso b) del artículo 3º, que determina que es competencia del mismo actuar como organismo rector en el ámbito de las tasaciones, estableciendo normas y métodos de alcance nacional.