Presidencia de la Nación

Siradig 2024 - Formulario 572

Formulario para la presentación de Ganancias

Estimados/as

Nos dirigimos a usted con el propósito de informarle sobre las novedades relacionadas con la carga del Formulario 572 – SIRADIG Trabajador correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, habilitado recientemente por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A continuación, se detallan los puntos clave y las novedades que deben tenerse en cuenta para la confección del mencionado formulario:

  1. Ley 27.725 - Impuesto Cedular (Vigente desde el 01 de Enero de 2024): A partir de esta fecha, la mencionada ley afecta a sujetos con mayores ingresos, incluyendo empleados en relación de dependencia, jubilados, retirados o pensionados, entre otros. Se establece que solo podrán deducir el concepto de mínimo no imponible, equivalente a 180 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) anuales (lo cual equivale a 15 SMVM mensuales, actualmente $2.340.000.-), sin la posibilidad de deducir otros conceptos como Cargas de Familia y Deducciones.
  2. Retenciones para el mes de enero: La AFIP ha establecido una tabla para determinar las retenciones a aplicar sobre los ingresos percibidos durante enero, considerando el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al 01 de Enero de 2024.
  3. Pluriempleo: En casos de pluriempleo, el agente de retención será aquel que abone el mayor importe entre los sujetos correspondientes al mismo régimen (Cedular o General). Si se perciben rentas de distintos sujetos en ambos regímenes, actuará como agente de retención el que abone las rentas del Régimen General.
  4. Novedades en la confección del Formulario 572:
    - Se ha incorporado la posibilidad de seleccionar el régimen al que pertenece el beneficiario, en la sección empleador del Formulario: Régimen Cedular o Régimen General.
    - En caso de seleccionar el Régimen Cedular, los campos para editar Detalles de Cargas de Familia y Deducciones no estarán disponibles, ya que estos conceptos solo aplican para el Régimen General.

Le recordamos que una vez guardados los campos correspondientes a datos personales, empleador y carga de formulario, podrá generar una vista previa y realizar la presentación.

Por favor, asegúrese de revisar detenidamente la normativa vigente y completar el formulario de manera precisa. Ante cualquier duda o consulta respecto a estas novedades, no dude en contactarnos.

En el siguiente link encontrará un ejemplo para la carga del formulario

Agradecemos su atención y colaboración.

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