La SSN dictó una nueva Resolución que busca eficiencia en las regulaciones
A través de la norma se modificaron distintos artículos del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA)
En concordancia con las medidas y políticas adoptadas por el Gobierno Nacional, la actual gestión de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) está llevando a cabo un proceso tendiente a agilizar y simplificar las normas y los trámites administrativos para ser eficientes en la supervisión de los temas que son propios a las competencias establecidas en la ley.
En este marco, la Resolución N° 40/2024 dictada por el Superintendente de Seguros de la Nación, Guillermo Plate, modifica el esquema previsto en los art. 7, 8 y 35 del RGAA.
Dichos artículos establecían que las operatorias de transferencia de acciones y aportes de capital a cuenta de futura suscripción de acciones de aseguradoras y reaseguradoras debían ser previamente autorizadas por la SSN
La practica demostró que este trámite se convirtió en un mero formalismo, que atentaba contra la transparencia y celeridad que la dinámica societaria del mercado asegurador requiere, generando además un dispendio jurisdiccional.
La nueva normativa fija un plazo de 48 horas para que las entidades informen a la SSN las transferencia de acciones y/o el aporte de capital tal como lo venían haciendo, con similar alcance.
La búsqueda de la eficiencia en las regulaciones y trámites administrativos, sin que se superpongan con las competencias de otros organismos del estado, es uno de los objetivos clave de la actual gestión de la SSN para promover la actividad aseguradora y salvaguardar el interés de los asegurados.