Se abrió la investigación por revisión de la medida antidumping de “motores monofásicos” provenientes de China y se mantienen los derechos vigentes hasta tanto concluya el caso
DUMPING - APERTURA DE EXAMEN DE REVISIÓN
El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1694/2023, declaró procedente la apertura del examen por expiración del plazo de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 143 de fecha 10 de diciembre de 2018 del ex Ministerio de Producción y Trabajo, para las operaciones de exportación hacia la Argentina de “Motores eléctricos de corriente alterna, asincrónicos, monofásicos, de potencia nominal superior o igual a CERO COMA DOCE KILOVATIOS (0,12 kW) pero inferior o igual a TRES KILOVATIOS (3 kW), y de peso superior o igual a CUATRO KILOGRAMOS (4 kg) pero inferior a CUARENTA Y CINCO KILOGRAMOS (45 kg) excluidos los motores monofásicos con mecanismos de freno y embrague integrados tipo ?clutch motor’ y los motores para lavarropas” originarios de China.
La solicitud de revisión de la medida antidumping fue presentada en septiembre de este año por la firma MOTORES CZERWENY S.A., ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPYGC).
De acuerdo a la información aportada por la firma CZERWENY y avalada por la Cámara Argentina de Industrias Electrónicas, Electromecánicas y Luminotécnicas (CADIEEL), la peticionante representó 46% de la producción nacional durante el período objeto de solicitud.
La firma, situada en Gálvez, Provincia de Santa Fe, fue fundada como Sociedad de Hecho en 1941 y se dedica a la fabricación de motores eléctricos de corriente continua de pequeña potencia. En 1944 comenzó a fabricar motores de corriente alterna, monofásicos y trifásicos, ampliando el rango de potencia de sus productos. En 1982 inició la producción de bombas centrífugas para agua, monofásicas y trifásicas.
Conforme a los documentos presentados en esta instancia de la investigación, desde la CNCE se consideró que existen elementos suficientes para concluir que, desde el punto de vista de la probabilidad de la repetición del daño, es procedente la apertura de la revisión del caso.
En este mismo sentido, la presente resolución ministerial establece mantener vigente la medida antidumping aplicada en el año 2018 bajo la forma de derecho antidumping ad valorem de 40%, hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión iniciado.
De esta manera, y con la apertura del examen por expiración de plazo, se apunta a que no se profundice el daño determinado oportunamente a la rama de producción nacional. Para mayor información hace click aquí
Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que las importaciones de los productos que fabrican están ingresando a nuestro país a precios y cantidades tales que están dañando a su industria. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta hacé click aquí