Fechas de cobro de haberes JULIO 2023
Información sobre los haberes de JULIO 2023.
Señor Beneficiario:
La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal informa que los haberes del mes de JULIO de 2023 se harán efectivos el 01/08/23, pudiendo su entidad de pago habitual adelantar dicha fecha.
Asimismo, se comunica que con el mensual JULIO 2023 esta Caja procedió a implementar las siguientes modificaciones conforme las normativas vigentes:
Resolución 428/2023: (PFA; PNA; GNA y PSA SEGURIDAD)
Se aplica un incremento en los básicos de los haberes de un 29,3% (cálculo efectuado sobre la base de haberes de Junio 2023).
Resolución Conjunta RESFC-2023- 4 -APN-MJ (SPF)
Se aplica un incremento en los básicos de los haberes de un 29.3% (cálculo efectuado sobre la base de haberes de Junio 2023).
Resolución Conjunta RESFC-2023- 29-APN-MEC (Personal Civil de Inteligencia FFAA)
Quedan exceptuados aquellos Beneficiarios que perciben además un Retiro Militar.
Se aplica un incremento en los básicos de los haberes de un 40% (cálculo efectuado sobre la base de haberes de Junio 2023).
Decreto 334/23 (AFI; SIDE; PSA Civil y SINEP)
Quedan exceptuados aquellos Beneficiarios que perciben además un Retiro Militar.
Se aplica un incremento en los básicos de los haberes de un 11% (a partir de Julio 2023, sobre la base de los haberes de Junio 2023), abonándose las sumas retroactivas correspondientes a JUNIO/23 por un 7% respecto del mes de Mayo/23 a través del Concepto 202 – Retroactivo Haber.
RESFC-2023- 474 -GCABA-MHFGC (POLICIA DE LA CIUDAD)
La normativa mencionada establece un incremento del 9.13% en los valores de la unidad MOPOL para el Personal de Seguridad y para el Personal Civil, abonándose las sumas retroactivas correspondientes al mes de JUNIO/23, a través del Concepto 202 – Retroactivo Haber.
Profesores IUPFA por Paritaria Docente:
Se abonará un incremento del 15% (sobre los haberes de Diciembre 2022) y un retroactivo por un 17% correspondiente a Junio/23 (cálculo efectuado sobre la base de haberes de Diciembre 2022) a través del Concepto 202 – Retroactivo Haber.
RESOLUCIÓN 697/2023 (GRAFICOS)
Se abonará un incremento del 16.61% y un retroactivo por un 10.75% correspondiente a Marzo/23, un 16.61% por Abril/23 y 11.07% por Mayo/23 y Junio/23 (cálculo efectuado sobre la base de haberes de Marzo 2023) a través del Concepto 202 – Retroactivo Haber.