Procedimiento alternativo para inscripción/modificación de productos cosméticos grado 1
ANMAT informa un proceso administrativo alternativo y transitorio para los trámites mencionados.
Se informa a aquellas personas interesadas que, a raíz de los inconvenientes con los servidores que atraviesa la ANMAT, el “Sistema de Productos Cosméticos Grado I” por el momento no se encuentra disponible.
Mientras esta situación persista, para los trámites de inscripción y modificación de productos cosméticos grado 1, se brinda como vía de presentación alternativa y transitoria, el procedimiento administrativo que se detalla a continuación.
La presentación de la documentación correspondiente a trámites DE INSCRIPCIÓN Y MODIFICACIÓN de productos cosméticos GRADO 1 deberá realizarse ante la MESA DE ENTRADAS DE ANMAT CENTRAL, enviándola a la siguiente dirección de mail: [email protected]. En el asunto del mail colocar: “COS GRADO 1-(nombre y marca del producto
Requisitos documentales del trámite:
1) Completar y presentar el Formulario R- 155 (de inscripción o modificación, según corresponda);
2) Agregar el Recibo correspondiente al pago del arancel:
-Autorización para productos importados -Grado I: código de arancel 6101
-Autorización para productos nacionales - Grado I: código de arancel 6130
-Autorización de modificaciones para productos Grado I: código de arancel 6019
3) Agregar la documentación complementaria al formulario (fórmula, rótulos, contrato de partes, certificado de inscripción del establecimiento, y disposición de habilitación )
Toda la documentación deberá adjuntarse al mail como archivo único con la extensión .pdf
La documentación debe presentarse con la firma del titular de la inscripción (o apoderado legal de la empresa) y de los Directores Técnicos designados en los establecimientos elaboradores/importadores/acondicionadores habilitados ante la ANMAT que se declaren en el trámite. Sólo se considerarán válidas las firmas digitales ANMAT, y las firmas hológrafas que se acompañen de certificación ante escribano, policía o banco.
Para los trámites de MODIFICACIÓN de productos grado 1 deberá, además, aportarse la constancia de inscripción del producto.
Agradecemos su comprensión frente a las molestias que estos inconvenientes puedan ocasionar.