Presidencia de la Nación

Se abrió la investigación, por expiración del plazo, de la medida antidumping de porcellanato proveniente de China, Brasil, India, Malasia y Vietnam

DUMPING - APERTURA DE EXAMEN

El Ministerio de Economía a través de la Resolución 123/2023, declaró procedente la apertura del examen, por expiración del plazo, y prorrogó la medida antidumping dispuesta por Resolución Nº 77 del 15 de febrero de 2018 del ex Ministerio de Producción a las exportaciones hacia la Argentina de “Placas y baldosas de gres fino porcellanato natural o sin pulir, pulidas, incluso semipulidas (satinadas) y barnizadas o esmaltadas (incluso lapadas y/o pulidas), para pavimentación o revestimiento” originarias de Malasia, India, Brasil y Vietnam, y de “Placas y baldosas de gres fino porcellanato barnizadas o esmaltadas (incluso lapadas y/o pulidas), para pavimentación o revestimiento” originarias de China. Asimismo, en la resolución de apertura de la investigación se prorrogó también la medida impuesta por medio de la Resolución N° 124 del 27 de noviembre de 2018 del ex Ministerio de Producción y Trabajo a las exportaciones hacia la República Argentina de “Placas y baldosas de gres fino ‘porcellanato’ y ‘porcelana’, sin barnizar ni esmaltar, para pavimentación o revestimiento” originarias de la China.

La solicitud de revisión de las medidas antidumping fue presentada por las firmas ILVA S.A., CERÁMICA SAN LORENZO I.C.S.A., CERÁMICA ALBERDI S.A. y CANTERAS CERRO NEGRO S.A. a comienzos de noviembre de 2022, ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPyGC), en el marco del artículo 4° del Decreto N° 1.393/08. Las empresas peticionantes, que poseen sus plantas productivas en la Provincia de Buenos Aires y emplean a más de 800 trabajadoras y trabajadores, representan más del 90% de la producción nacional de porcellanato durante el período analizado para la revisión.

Conforme a los documentos presentados en esta instancia de la investigación, se consideró desde la CNCE, que existen elementos suficientes para concluir que, desde el punto de vista de la probabilidad de la repetición del daño, es procedente la apertura de la revisión de los casos.

En este sentido, la presente resolución del Ministerio establece mantener vigentes las medidas antidumping aplicadas en el año 2018, hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión iniciado, bajo la forma de derecho antidumping ad valorem de 75,8% para India; 32% para Malasia; 31,15 % para Vietnam; 10,06% para la firma productora/exportadora brasilera CERÁMICA VILLAGRES LTD y 48,2% para el resto de Brasil, para las placas y baldosas de gres fino porcellanato natural o sin pulir, pulidas, incluso semipulidas (satinadas) y barnizadas o esmaltadas (incluso lapadas y/o pulidas), para pavimentación o revestimiento; y de 27,7% para las placas y baldosas de gres fino porcellanato barnizadas o esmaltadas (incluso lapadas y/o pulidas), para pavimentación o revestimiento originarias de China. Por otro lado, se mantiene la aceptación de Compromiso de Precios presentado por la firma exportadora china FOSHAN JUNJING INDUSTRIAL CO. LTD para este producto. Asimismo, para este último origen, se mantiene el derecho antidumping ad valorem de 27,7% para las placas y baldosas de gres fino “porcellanato” y “porcelana”, sin barnizar ni esmaltar, para pavimentación o revestimiento.

Cabe mencionar que, las medidas antidumping aplicadas por las resoluciones mencionadas anteriormente y vinculadas a los Expedientes CNCE Nº 2/2016 y Nº 61/2017, se analizarán de forma conjunta, unificándose así las investigaciones que dieron origen a la presente revisión en un solo expediente y prorrogándose los derechos establecidos para los distintos orígenes. De esta manera, se pretende lograr mayor eficiencia en el análisis del caso y en los recursos empleados en el proceso de la revisión.

De esta manera, y con la apertura del examen por expiración de plazo, se apunta a que no se profundice el daño determinado oportunamente a la rama de producción nacional, garantizando así la protección de la industria y sus fuentes de trabajo, hasta tanto concluya la investigación de revisión. Para mayor información hacé click aquí

*Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que las importaciones de los productos que fabrican están ingresando a nuestro país a precios y cantidades tales que están dañando a su industria. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta hacé click aquí

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