Presidencia de la Nación

Un fallo político en contra de las provincias argentinas y de imposible cumplimiento

Un fallo político en contra de las provincias argentinas y de imposible cumplimiento

En la actualidad, según la ley 27.606 vigente y aprobada por el Congreso Nacional en el año 2020, la Ciudad de Buenos Aires recibe, como lo hace desde el año 2002, el equivalente al 1,4% del total de los fondos coparticipables y, además, el monto equivalente al costo de funcionamiento de la policía de la Ciudad de Buenos Aires que se le transfirió en el año 2016.

En un fallo inédito, incongruente y de imposible cumplimiento, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin fundar el modo por el cual construye dicho monto, decide aumentar ese porcentaje al 2,95; es decir, le otorga a la Ciudad de Buenos Aires más de 180 mil millones de pesos adicionales a los que ya percibe.

Sostiene también, de manera insólita, que transferirle estos montos millonarios a la CABA no afecta a las provincias argentinas. Esto es completamente falso: esos recursos saldrían del presupuesto nacional, que se ejecuta en políticas públicas, en todo el territorio de la Nación.

En síntesis, en un fallo político, de cara al año electoral, la Corte Suprema pretende sustraerles recursos a todas las provincias para dárselos al jefe de gobierno de la CABA. Esta medida es, en las condiciones actuales, de imposible cumplimiento, toda vez que el Congreso Nacional aprobó por ley el presupuesto 2023 sin contemplar crédito presupuestario para tal finalidad.

Ante ello, el presidente de la Nación ha decidido instruir a los órganos competentes del Estado Nacional a RECUSAR A LOS MIEMBROS DE LA CORTE SUPREMA y a presentar el pedido de revocatoria “in extremis” de la resolución cautelar dictada.

Por su parte, los gobernadores y gobernadoras de las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán, al verse afectadas las mismas en forma directa por la arbitraria decisión adoptada por la CSJN, instruirán a las autoridades competentes de sus jurisdicciones para que los estados provinciales soliciten ser tenidos por parte en el expediente acompañando la recusación de los ministros firmantes de dicha medida cautelar y para que soliciten la revocación “in extremis” de la misma.

Alberto Fernández
Presidente de la Nación

Prov. de Buenos Aires, Alex Kicillof
Prov. de Catamarca, Raul Jalil
Prov. de Chaco, Jorge Capitanich
Prov. de Chubut, Mariano Arcioni
Prov. de Entre Ríos, Gustavo Bordet
Prov. de Formosa, Gildo Insfrán
Prov. de La Pampa, Sergio Ziliotto
Prov. de La Rioja, Ricardo Quintela
Prov. de San Juan, Sergio Uñac
Prov. de San Luis, Alberto Rodríguez Saá
Prov. de Santa Cruz, Alicia Kirchner
Prov. de Santiago del Estero, Gerardo Zamora
Prov. de Tierra del Fuego, Gustavo Melella
Prov. de Tucumán, Osvaldo Jaldo


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