Permite a las Compañías de Navegación, Empresas Armadoras, Agencias Marítimas y Entidades Sindicales consultar si el Personal de la Navegación se encuentra registrado y/o habilitado, como así también los Títulos, Refrendos, Certificados de Suficiencia (STCW) y Reconocimiento Médico Nacional e Internacional que posee.
¿A quién está dirigido?
Las Compañías de Navegación, Empresas Armadoras, Agencias Marítimas y Entidades Sindicales podrán designar a una persona para registrarse como usuario a fin de acceder a las consultas relacionadas con el Personal de la Navegación.
¿Qué necesito?
Acta de Designación de Autoridades.
Acta de Directorio/Asamblea.
Poder de Representación (persona designada).
Carnet habilitante.
¿Cómo hago?
El usuario deberá solicitar, a través de un correo electrónico con dominio oficial, el alta a la siguiente dirección: jefepnav@prefecturanaval.gov.ar indicando DNI, apellido y nombres, Compañía de Navegación, Empresa Armadora, Agencia Marítima o Entidad Sindical a la cual representa; adjuntando la documentación respaldatoria.
La notificación será cursada al correo electrónico oficial que representa, declarado por el usuario solicitante, desde donde podrá acceder al portal web: Consulta al Registro Nacional del Personal de la Navegación.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 10 días hábiles
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Mientras forme parte de la entidad solicitante.
Silencio administrativo
Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 60 días habiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.