Presidencia de la Nación

Penalidades por incumplimiento para caducidad de Crédito Fiscal


Cuando se detectare algún incumplimiento de las obligaciones asumidas por parte de una empresa o cooperativa responsable, la Subsecretaría de Empleo y Formación Laboral podrá disponer, previa comunicación y correspondiente descargo, la caducidad total o parcial del certificado de Crédito Fiscal otorgado.

Cuando el incumplimiento se produjera en la etapa de ejecución de una propuesta, la Subsecretaría de Empleo y Formación Laboral podrá aplicar, además de la caducidad del beneficio otorgado, las medidas correctivas, compensatorias o sancionatorias que correspondiesen.

La aplicación de tales medidas no obstará el ejercicio por parte de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de las acciones judiciales que correspondan de acuerdo a la gravedad de los hechos y a su calificación legal.

Activar: 
0
Scroll hacia arriba