Gloria Bonatto: "Promovemos una política penal juvenil respetuosa de los derechos humanos"
La directora nacional para Adolescentes Infractores de la Ley Penal describió la labor que lleva adelante la SENAF para garantizar el tratamiento adecuado de las y los adolescentes en situación penal, estudiar sus realidades y promover acciones comunitarias de justicia restaurativa.
1. ¿Cuál es el rol de la Dirección Nacional para Adolescentes Infractores a la ley penal?
Nuestra principal responsabilidad es dirigir programas que procuren mejorar los niveles técnicos y de gestión de los dispositivos gubernamentales de intervención con adolescentes infractores o presuntos infractores a la ley penal. En este sentido, promovemos una política penal juvenil respetuosa de los derechos humanos, conforme a las normativas internacionales y nacionales vigentes en la materia. Las y los adolescentes que están cumpliendo una medida judicial de carácter penal requieren de un abordaje integral especializado, que esté en consonancia con su etapa vital.
Desde esta Dirección promovemos una política penal juvenil cuya finalidad es la construcción de la ciudadanía a partir de intervenciones que tengan un eje socioeducativo. Esto implica asegurar que el o la adolescente sean tratados de manera acorde con el fomento de su sentido de la dignidad y el valor, fortalecer su respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros y promover su reintegración. En particular, trabajamos para garantizar la intervención especializada desde el momento de la aprehensión y para consolidar a los dispositivos de medidas penales en los territorios como ejes privilegiados de la intervención. A su vez, procuramos que las medidas privativas o restrictivas de la libertad sean el último recurso y por el menor tiempo posible.
2. ¿Cuáles son los tipos de sanción que afrontan las y los adolescentes infractores a la Ley Penal en Argentina?
Las y los adolescentes en Argentina pueden recibir tres tipos de medidas judiciales de carácter penal: de privación de libertad, de restricción de libertad y medidas penales en territorio.
En el primer caso, la medida se cumple en dispositivos convivenciales, en los denominados Centros Socioeducativos de Régimen Cerrado. Estos cuentan con barreras edilicias, muros perimetrales y personal de seguridad a fin de cumplir con las medidas estipuladas. Por otro lado, las medidas de restricción se cumplen en establecimientos generalmente denominados Residencias Socioeducativas, donde los y las adolescentes pueden salir transitoriamente, en forma autónoma y/o acompañadas/os por operadores, previendo que realicen actividades educativas, recreativas, sanitarias y deportivas en ámbitos e instituciones de la comunidad. Por último, la función de los dispositivos de medida penal en territorio consiste en el monitoreo, acompañamiento y supervisión de las/os adolescentes en territorio, en el marco de su red socio comunitaria y familiar. El objetivo principal de este tipo de dispositivo es acompañar al/la adolescente en la elaboración de un proyecto de vida que la/o aleje de su vinculación con la transgresión y promueva su inclusión en la comunidad a partir del ejercicio de una ciudadanía responsable.
Es importante señalar que la mayor cantidad de adolescentes se encuentran en este último tipo de dispositivos (4.085 de un total de 5.104 según nuestro último relevamiento publicado). Ello indica la progresiva adecuación de las políticas dirigidas a adolescentes presuntos infractores de la ley penal a los estándares internacionales actuales en materia penal juvenil, los cuales establecen la privación de libertad como último recurso y por el menor tiempo posible.
3. Recientemente SENAF y Unicef Argentina presentaron un relevamiento sobre dispositivos penales juveniles y su población, ¿Cuál es la relevancia de publicar y hacer accesibles estos datos?
Se trata de información valiosa y significativa. Ilustra sobre la labor que desarrollan en todo el país los poderes ejecutivos frente a las medidas o penas que aplican los poderes judiciales cuando un/a adolescente es imputado o condenado por la comisión de un delito. En el marco de las funciones previstas por la normativa específica en la materia, la SENAF releva y sistematiza de forma regular información sobre distintos aspectos vinculados con la niñez y la adolescencia en el territorio nacional. En particular, desde nuestra Dirección indagamos periódicamente sobre aspectos sustanciales de los dispositivos penales juveniles y la población incluida en las distintas jurisdicciones. Este relevamiento permite contar con información confiable, actualizada y comparable a nivel nacional, y contribuye a mejorar el proceso de diseño, implementación y monitoreo de las políticas públicas en materia penal juvenil.
4. ¿Qué es la justicia restaurativa y qué funciones tiene la nueva área que se creó para su abordaje?
La Justicia Restaurativa es una forma de dar respuesta al daño causado por acciones que infringen la ley penal. Busca recomponer los lazos sociales dañados a través del diálogo y la participación del ofensor, las personas ofendidas y la comunidad. En enero de 2020, nuestra Dirección creó el Sector de Justicia Restaurativa para promover, a nivel federal, el abordaje de adolescentes infractores a la ley penal desde este enfoque, el cual ofrece una estrategia de gestión de conflictos alternativa y/o complementaria a la clásica administración de justicia de corte retributivo.
Las funciones de este nuevo Sector son: realizar relevamientos permanentes de prácticas restaurativas a nivel federal; diseñar y desarrollar directrices u otros instrumentos que contribuyan a promover prácticas restaurativas a nivel federal; brindar asistencia técnica, de gestión y financiera a los gobiernos provinciales y/o locales para promover la implementación de estrategias con enfoque restaurativo tanto como alternativas al proceso penal formal como complementarias a la justicia tradicional; promover la gestión del conocimiento sobre justicia restaurativa y producir material de difusión; capacitar de forma continua en materia de justicia restaurativa, y promover el desarrollo de investigaciones sobre la materia
5. ¿Cómo está trabajando el área respecto del momento de la aprehensión legal de las y los adolescentes en las distintas jurisdicciones del país?
Recientemente, en el marco del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, firmamos junto a la distintas jurisdicciones del país un acta para avanzar en promover la intervención especializada de las fuerzas de seguridad y otros organismos gubernamentales desde el primer momento de la aprehensión de un/a adolescente. Puntualmente, acordamos promover la creación, fortalecimiento y adecuación del funcionamiento de dispositivos especializados en adolescentes, avanzar en la intervención activa e inmediata de equipos técnicos dependientes de las áreas especializada en los establecimientos policiales y/o penitenciarios, procurar la centralización de establecimientos policiales para la intervención exclusiva respecto de adolescentes, establecer, mediante el dictado y/o reforma normativa, límites temporales breves y taxativos para la permanencia en dependencias policiales, y evaluar la viabilidad de la implementación de un establecimiento especializado, dependiente del área especializada, en aquellas jurisdicciones que, por la cantidad y frecuencia de ingresos así lo ameriten.
Por otro lado, estamos avanzando junto al Ministerio de Seguridad de la Nación en un protocolo de actuación para las fuerzas policiales y de seguridad en intervenciones con niños, niñas y adolescentes, en el cual, entre otras cuestiones, se definen las pautas de actuación para casos en que las y los adolescentes infrinjan o presuntamente infrinjan la ley penal. Este protocolo, además, compromete a las jurisdicciones que adhieran al mismo a registrar y enviar datos sobre las aprehensiones realizadas en establecimientos policiales o de fuerzas de seguridad, con lo que permitirá contar con información estadística sobre las mismas.