Declaran la emergencia agropecuaria en la Provincia de Formosa por sequía
La medida incluye a las explotaciones ganaderas, apícolas, de cultivo de maíz, y cucurbitáceas de segunda siembra, en todo el territorio provincial.
La medida incluye a las explotaciones ganaderas, apícolas, de cultivo de maíz, y cucurbitáceas de segunda siembra, en todo el territorio provincial.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que se publicó hoy en el Boletín Oficial, la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la provincia de Formosa.
La medida, establecida a través de la Resolución nº 201/2020 rige desde el 1 de julio de 2020 y hasta el 30 de junio de 2021, para las explotaciones ganaderas y apícolas afectadas por la sequía en todo el territorio provincial. Mientras para las explotaciones agrícolas de cultivo de maíz y cucurbitáceas de segunda siembra, afectadas por el mismo evento climático, la declaración incluye el período que va desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020.
La normativa explica que se determinó, respectivamente, el 30 de junio de 2021 y el 31 de diciembre de 2020 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.
A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la citada Ley N° 26.509, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
Por su parte el Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarias, el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
En tanto que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos.