El BCRA oficializó el método para calcular el ajuste anual de los alquileres
Se harán mediante un índice que pondera en partes iguales las variaciones mensuales de precios al consumidor y de salarios promedio. Se publicará diariamente en la web del Banco Central
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó este jueves el mecanismo que la nueva Ley de Alquileres, sancionada el pasado 11 de junio y promulgada el 1° de julio, establecía para el ajuste anual de los contratos de alquiler de inmuebles destinados a uso habitacional.
Según el artículo 14 de la Ley 27.551, los ajustes a este tipo de alquileres sólo podrán hacerse de forma anual, “utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)”.
El BCRA informó que realizará este cálculo de forma diaria y que lo publicará en su página web. Este Índice de Contratos de Locación (ICL) puede consultarse aquí.
La Ley 27.551 establece, entre otros puntos, que el plazo mínimo de la locación de inmueble será de tres años y que el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.
A partir de esta norma, el inquilino no tendrá a su cargo el pago de expensas extraordinarias ni aquellos gastos inherentes a la propiedad, tales como impuesto inmobiliario, alumbrado público y otros gastos municipales.
Asimismo, los locadores deberán aceptar como garantía título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario y, en los casos de posible desalojo, el procedimiento de mediación prejudicial pasa a ser obligatorio