Si importás un instrumento de medición y ya lo adecuaste de acuerdo con lo requerido y tramitaste la documentación correspondiente, tenés que solicitar su liberación.
¿A quién está dirigido?
Importadores de instrumentos de medición.
¿Qué necesito?
Contar con documento de Eximición - Metrología Legal, tramitado en la Secretaría de Comercio Interior.
Contar con documento de Declaración Jurada de Importación de Instrumentos de medición.
Haber adecuado el/los instrumentos de medición a los requerimientos de la Eximición para que puedan ser inspeccionados.
¿Cómo hago?
Presentá la Solicitud de Liberación de Instrumentos Eximidos a través de TAD en la pestaña “Metrología Legal – Trámites varios”, opción “Liberación de Instrumentos eximidos”. Mirá el Instructivo para la carga.
Vas a ser informado por TAD de la fecha en que se realizará la inspección del instrumento.
Información complementaria
Si querés conocer la normativa específica, ingresá en:
Ley de Metrología 19511
Resolución 611/2019