Presidencia de la Nación

Corte IDH: Presentación de los alegatos finales en dos casos emblemáticos de violencia institucional

Éstos fueron casos emblemáticos de violencia institucional y de discriminación racial cometidos en Argentina en la década del 90 y que permanecieron impunes.

El pasado 18 de junio, el Estado argentino presentó sus alegatos finales escritos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos "José Delfin Acosta y familiares vs. Argentina" y "Fernández Prieto y Tumbeiro vs. Argentina", consolidando un cambio histórico de posición de nuestro país ante el máximo tribunal regional de Derechos Humanos. Éstos fueron casos emblemáticos de violencia institucional y de discriminación racial cometidos en Argentina en la década del 90 y que permanecieron impunes.

José Delfín Acosta era un afrodescendiente uruguayo, que en abril de 1996 fue detenido arbitrariamente por la Policía en aplicación de un "edicto de ebriedad" cuando quiso evitar la detención ilegal de un ciudadano afrobrasilero. Murió bajo custodia policial y hay severos indicios que indican que lo habría matado la misma Policía, aunque nunca se investigó debidamente. 25 años después la causa judicial se reabrió por el impacto del caso internacional.

Por otra parte, Fernández Prieto y Tumbeiro son dos casos distintos que fueron acumulados por la Comisión Interamericana por la similitud en sus temas de fondo. Constituyen el emblema de lo que se conoció como la vigencia del “olfato policial” en la Argentina durante la década del 90. Consistió en la práctica por parte las fuerzas policiales de detener personas de forma absolutamente discrecional, con el pleno aval de la justicia. Las detenciones y requisas de los señores Fernández Prieto y Tumbeiro, que luego derivaron en su condena penal, no se fundaron en una orden judicial ni se efectuaron bajo el supuesto de flagrancia.

En los alegatos, la representación del Estado argentino reiteró el reconocimiento de responsabilidad internacional por las violaciones de derechos humanos cometidas —tal como se había manifestado en la audiencia oral celebrada en la sede de la Corte Interamericana en el mes de marzo—, y explicó la importancia de que el tribunal regional establezca las medidas que entienda pertinentes para repararlas de manera integral.

Para el caso “Acosta”, se remarcaron diversas medidas institucionales que se han implementado para combatir la discriminación, pero se reconoció que aún queda un importante camino por recorrer para superar las condiciones que generaron la discriminación, la detención arbitraria y la muerte de José Delfín Acosta y la imposibilidad de garantizar su investigación eficaz.

En el alegato presentado en el caso “Fernández Prieto y Tumbeiro”, sin perjuicio de destacar decisiones adoptadas en los últimos meses por el Ministerio de Seguridad de la Nación, se subrayó la importancia de que la Corte Interamericana desarrolle estándares que, por un lado, ayuden a modificar prácticas y facultades policiales de detención y requisas personales sin orden judicial, que pueden favorecer la generación de violencia y de arbitrariedades por parte de las fuerzas de seguridad y, por otro, contribuyan a precisar la labor de la justicia para asegurar que, mediante un adecuado control de convencionalidad, los procedimientos irregulares ya no puedan ser convalidados.

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