Presidencia de la Nación

Municipios de La Pampa


Organización y autonomía

La población local de nuestra provincia confía la administración de sus intereses a municipios y comisiones de fomento.

El Artículo 115 de nuestra Constitución Provincial establece: "Todo centro de población superior a quinientos habitantes, o los que siendo de menor número determine la ley en función de su desarrollo y posibilidades económico-financieras, constituye un municipio con autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional, cuyo gobierno será ejercido con independencia de todo otro poder, de conformidad a las prescripciones de esta Constitución y de la Ley Orgánica".


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