Art. 1°: "El Municipio de Río Grande constituye una comunidad sociopolítica preexistente, con poderes originarios y existencia propia, fundada en relaciones de vecindad con miras a la satisfacción del bien común, con unidad territorial, poblacional, cultural, política y jurídica."
Art. 2°: "El Municipio organiza sus instituciones bajo la forma representativa, republicana, democrática y participativa de gobierno, de acuerdo con las declaraciones, derechos, deberes y garantías establecidos en la Constitución Nacional, en la Constitución Provincial y en los Tratados Internacionales con rango constitucional."
Carta Orgánica Municipal de Río Grande.