Podrás obtener la certificación de los movimientos migratorios y/o certificación de residencia para presentarlo ante el/los organismos que te lo requieran.
¿A quién está dirigido?
El trámite es personal, lo puede solicitar cualquier persona que cumpla con los requisitos expuestos.
Tené en cuenta
Nadie puede pedir un certificado a nombre de un tercero sin autorización formalizada, en cumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales.
¿Qué necesito?
Documento Vigente
- DNI,
- Pasaporte,
- Cédula de Identidad de su país de origen o Certificado de Nacionalidad.
Podés adjuntar como documentación respaldatoria, de poseer: Cédula de Identidad de Policía Federal o Provincial y/o algún otro Documento Nacional que no se encuentre vigente pero que acredite residencia en el país.
Certificado de Domicilio o Factura de Servicio Público a nombre del requerido que acredite domicilio real del mismo.
Toda la documentación debe ser digitalizada en original.
Legalizaciones
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La documentación emitida en el exterior por un país perteneciente al MERCOSUR deberá contar con visación de Autoridad Consular Argentina en el país emisor o "apostille" establecida por la Convención de La Haya o intervención del Consulado del país emisor en la República Argentina.
Estos documentos no requieren traducción si se encuentran redactados en idioma portugués. -
Los documentos emitidos en el exterior por un país NO MERCOSUR deberán contar con visación de Autoridad Consular Argentina en el país emisor o "apostille" establecida por la Convención de La Haya y además encontrarse traducidos por traductor público y legalizados por el Colegio profesional correspondiente.
Nota: La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
Excepciones a trámites personales:
- Familiar directo: Por medio de acreditación de vínculo adjuntando las partidas de nacimiento, defunción y/o matrimonio correspondientes, así como también libreta de familia.
- Solicitudes de movimientos migratorios con respecto a menores de edad: la DNM requiere sin excepción alguna, consentimiento de ambos padres, adjuntando el documento de identidad vigente de cada uno y /o consentimiento firmado ante escribano público. Caso contrario, se deberá solicitar por oficio judicial.
- Apoderamiento: El trámite se podrá efectuar mediante apoderado, quien deberá adjuntar el poder otorgado por el causante ante Escribano Público y legalizado por el Colegio de Escribanos de su Jurisdicción, o en su defecto presentar credencial como apoderado acreditado ante la DNM.
¿Cómo hago?
Antes de iniciar la solicitud de certificado, asegúrate de tener una de las siguientes claves: MiAnses, DNI y tu numero de trámite, MI ARGENTINA, AFIP (clave nivel 3).
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el Sistema Certificaciones
El sistema te pedirá una dirección de correo electrónico. Es muy importante que informes un mail que revises periódicamente, porque es allí donde Migraciones te enviará los detalles del curso de tu trámite y el certificado una vez finalizada la tramitación.
Podrás realizar el pago en efectivo o con tarjeta de crédito. Si lo vas a hacer con tarjeta, tené el plástico a mano para completar los datos.
Si vas a pagar en efectivo, sabé que se abona en Provincia NET o en Banco Nación.
Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite online será más ágil si abonás con tarjeta de crédito.
Tu solicitud de trámite estará cerrada sólo si todas las tasas han sido abonadas.
Tené a mano toda la documentación original solicitada.
Durante el procedimiento, tendrás que adjuntar las imágenes de esa documentación. Si no son escaneadas, podrán ser fotos tomadas con teléfono celular. El sistema va a guiarte para que las subas.
¿Cuál es el costo del trámite?
TIPOS DE TRÁMITE Y TASAS
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Certificado actualizado de Radicación (Admisión) Residencias otorgadas a partir del año 1923.
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Certificado de Movimientos Migratorios por periodo de 12 meses cada Solicitud de Certificado de Movimientos Migratorios que se requiera a partir del 01/01/2005 hasta la fecha, se abonará por cada año calendario que solicite. Si el periodo requerido abarca los años anteriores al 31/12/2004 se abonara un solo pago.
El usuario podrá tramitar hasta quince (15) solicitudes de movimientos migratorios, en un mismo trámite, siempre que correspondan al mismo requerido. En el caso de requerir una mayor cantidad deberá iniciar un nuevo trámite.