Presidencia de la Nación

Inscribir la apertura y/o cierre de sucursales de una sociedad comercial en la Inspección General de Justicia

Presentación del trámite en la IGJ.

Presencial

VIGENCIA DEL NUEVO MARCO NORMATIVO DE IGJ

Estamos actualizando los contenidos del sitio, en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Te recordamos que esta resolución reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma

A continuación se describen los requisitos.

¿Qué necesito?

Apertura de sucursal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial

A) Formulario de "Apertura/ cierre de sucursal en la Ciudad de Buenos Aires por una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial... ". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional emitido por escribano público, abogado o graduado en ciencias económicas, conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm).
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 50, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 conteniendo (i) la decisión de la apertura de la sucursal, (ii) su ubicación, (iii) la designación del representante a cargo de la misma, (iv) datos de identidad completos del representante designado, e (v) indicación de las facultades que se le confieren al representante conforme al art. 93 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 7/15. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Certificado emitido por el Registro Público de la jurisdicción de origen que acredite que la inscripción de la misma se encuentra vigente. En defecto de dicha certificación, el profesional dictaminante deberá acreditar el haber comprobado dicha vigencia.
E) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios, en el caso de sociedades de personas (sociedades colectivas, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada.
F) Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente del representante designado conforme art. 511 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 7/15.
Importante: el poder otorgado al representante podrá ser protocolizado en escritura pública, la que se inscribirá conjuntamente.

Cierre de sucursal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial

A) Formulario de "Apertura/ cierre de sucursal en la Ciudad de Buenos Aires por una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial... ". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional emitido por escribano público, abogado o graduado en ciencias económicas, conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm).
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 37, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 conteniendo la decisión de cierre de la sucursal. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Certificado de anotaciones personales que acredite que la sociedad no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes, expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
E) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios, en el caso de sociedades de personas (sociedades colectivas, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada.

Apertura de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La sociedad deberá cumplir con el trámite de inscripción de la apertura de sucursal en jurisdicción provincial de acuerdo con las normas aplicables en dicha jurisdicción.
La apertura de sucursal u otra representación en jurisdicción provincial deberás informarla a la Inspección General de Justicia dentro de los 30 días de inscripta. Deberás presentar:
A) Formulario de "Apertura/cierre de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de la C.A.B.A...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional emitido por escribano público, abogado o graduado en ciencias económicas, conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15.
C) Copia certificada del instrumento inscripto en jurisdicción provincial. En caso que del mismo no surja la ubicación de la sucursal, el nombre y los datos del representante designado, deberás brindar esta información en escrito por separado suscripto por el representante legal.
D) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios, en el caso de sociedades de personas (sociedades colectivas, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada.

Cierre de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La sociedad deberá cumplir con el trámite de inscripción del cierre de sucursal en jurisdicción provincial de acuerdo con las normas aplicables en dicha jurisdicción.
El cierre de sucursal u otra representación en jurisdicción provincial deberás informarla a la Inspección General de Justicia dentro de los 30 días de inscripta. Deberás presentar:
A) Formulario de "Apertura/cierre de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de la C.A.B.A...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional emitido por escribano público, abogado o graduado en ciencias económicas, conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15.
C) Copia certificada del instrumento inscripto en jurisdicción provincial.
D) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios, en el caso de sociedades de personas (sociedades colectivas, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada.

¿Cómo hago?

1

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

2

Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected]

¿Cuál es el costo del trámite?

Sociedades no accionarias
Trámite común: 10 módulos
Sociedades por acciones
Trámite común: 48 módulos
Sociedades comprendidas art.299 LSC
Trámite común: 60 módulos

Calculá el valor del trámite



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