Toda persona física o jurídica obligada a inscribirse, conforme a lo establecido en el Artículo 41 de la Ley Nº 24.922, deberá presentar anualmente una declaración jurada anual de la mano de obra empleada a los fines de su anotación en el Registro de la Pesca.
¿A quién está dirigido?
Todas las personas físicas y jurídicas que se dediquen a la explotación comercial de los recursos vivos marinos en las condiciones que determine la reglamentación.
¿Qué necesito?
Realizar la declaración jurada de mano de obra.
Documentación que acredite personería y representación.
Copia de los formularios AFIP 931.
Nota de conformidad y autorización a favor de una de las partes para tramitar la solicitud en caso de ser Multipersonal Persona Física/Jurídica - Multipersonal Mixta.
Comprobante de pago realizado ante AFIP de los meses comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior a la presentación, correspondientes a aportes y contribuciones de los trabajadores.
¿Cómo hago?
Ingresá a TAD
Completar la documentación solicitada.
Una vez finalizado selecciona continuar.
Cuando termines, se generará un número de expediente que les permitirá realizar el seguimiento del mismo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
1 años
La declaración se debe realizar anualmente entre el 1 y el 31 de enero.