Recibo de haberes
En la liquidación de haberes encontrará un detalle de los rubros que la componen. Los códigos 01 al 06 son los únicos sobre los que se aplica la retención del 11% en concepto de aporte de Ley. El importe total de ese descuento se consigna en el código 151.
La liquidación contiene los cargos que el Instituto formula sobre su haber, además de los practicados por cuenta de entidades autorizadas ajenas a este Organismo.
Importante
El Instituto transcribe en su liquidación los importes que estas entidades autorizadas solicitan descontar, pero no está en condiciones de informar a los beneficiarios detalles sobre su procedencia y composición. Por esta razón, en caso de no estar conforme con estos descuentos, deberá dirigirse directamente a las entidades que los requirieron.
El Instituto utiliza la parte inferior y el reverso del formulario del recibo de haber como vía de leyendas de interés general y permanentes sobre diferentes temas. Frecuentemente se adhiere a los recibos una solapa con información adicional o instructivos que es importante que Ud. lea y conserve dado que suelen indicarse plazos para presentar certificados, dar aviso de formulación de cargos, explicar asignaciones especiales, anunciar posibles suspensiones del haber, etc.
Importante
Si Ud. cobra a través de una Entidad Apoderada, exija que le entreguen el talón que le corresponde del recibo de haberes que emite el Instituto.