El Senado aprobó la reforma a la Ley de Riesgos del Trabajo
El Senado de la Nación dio media sanción al proyecto impulsado por el Gobierno para reformar la actual Ley de Riesgos del Trabajo. El proyecto obtuvo cuarenta y ocho (48) votos afirmativos, dos (2) negativos y una (1) abstención.
Las modificaciones propiciadas por el Ejecutivo tienen como objetivo ordenar el sistema, otorgar mayor previsibilidad y garantizar una mejor cobertura y prestaciones para los trabajadores.
“Es una ley que es producto del diálogo y consenso con todos los actores del sistema, del trabajo coordinado con todas las organizaciones gremiales y del compromiso para el desarrollo de políticas preventivas que cuiden la vida y la salud de todos los trabajadores argentinos”, dijo el superintendente de Riesgos del Trabajo, Gustavo Morón, tras la aprobación de la ley.
Estas son algunas de las ventajas que contempla la nueva ley:
- Asegura un trámite administrativo a través de las Comisiones Médicas que es la instancia administrativa previa, única, obligatoria y excluyente. Todo el procedimiento es gratuito para el trabajador con garantía de debido proceso, la asistencia de un abogado y en un plazo razonable de 60 días.
- Crea un Sistema de Homologación para verificar que las indemnizaciones acordadas con las ART no resulten inferiores a las establecidas en la Ley, y garantizar el cobro inmediato.
- Establece que un trabajador no registrado y sin cobertura de una ART o de un auto-seguro, no está obligado a pasar por una Comisión Médica en caso de accidente.
- Incorpora empleados públicos, provinciales, municipales y comunales, hoy fuera del sistema, a través del Autoseguro Público Provincial. De este modo, favorece la cobertura para casi un millón de trabajadores públicos.
- Permite ampliar el período de Incapacidad Laboral Transitoria (ILT) hasta 2 años, para favorecer la rehabilitación y la reincorporación del trabajador.
- Modifica el Cálculo del Ingreso Base para evitar el deterioro de las indemnizaciones. Así, al calcular el promedio de las remuneraciones del último año anterior a la primera manifestación invalidante, se ajusta el valor de cada remuneración mensual según el RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables). Además, se aplica un interés equivalente a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
- Se establece un mecanismo de compensación automática para que las obras sociales que atienden contingencias cubiertas por la Ley de Riesgos del Trabajo recuperen el gasto que le correspondería a la ART contratada.
- Se compromete a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a presentar al Comité Consultivo Permanente, en un plazo de 3 meses, un anteproyecto de ley de prevención de acuerdo a las prácticas internacionales, previendo un tratamiento específico para cada actividad en los Convenios Colectivos de Trabajo.