Objetivos del nuevo Código Procesal Civil y Comercial
En esta página
- Redefinición del rol del juez
- Videograbación de audiencias
- Uso del expediente digital
- Reducción de costos y de la demora de los procesos
- Simplificación de estructuras y actos procesales
- Publicidad y transparencia
- Gestión y administración de la oficina judicial
Redefinición del rol del juez
La dirección del proceso está confiada al juez, que la ejercerá de acuerdo con las disposiciones del Código. La actividad procesal en el proceso ordinario de conocimiento se desarrollará mediante audiencias en las que la participación del juez es un requisito ineludible.
Videograbación de audiencias
Debe preverse la registración de la audiencia de prueba por sistemas de videograbación, lo que incluye la declaración de partes, testigos y las explicaciones de los peritos. La videoconferencia también será un instrumento idóneo para tomar declaración a personas que no puedan trasladarse al juzgado por razones de distancia.
Uso del expediente digital
Respecto del soporte de los actos escritos, es fundamental tender hacia formatos electrónicos/digitales. Con la notificación electrónica y el expediente digital se pretende lograr una mayor eliminación de material en soporte papel. Eliminar el soporte escrito para las actas de audiencia y remplazarlo por medios audiovisuales es una herramienta clave de la transformación del sistema.
Reducción de costos y de la demora de los procesos
Las regulaciones deben propender a la obtención de la mayor economía de tiempo, de esfuerzos y de gastos. La “economía de tiempo” identifica el principio con la celeridad y la razonable duración del proceso. Es necesario que la actividad procesal se concrete en el menor número de secuencias posibles y se materialice sin intervalos de tiempo dilatados entre los actos.
Simplificación de estructuras y actos procesales
Se sugiere simplificar al máximo las estructuras procesales por las cuales puedan tramitarse los reclamos civiles y comerciales. Sin perjuicio de estructuras especiales necesarias (proceso incidental, proceso cautelar, proceso de ejecución, etc.), se considera que tres debieran ser las estructuras fundamentales de conocimiento: el proceso ordinario por audiencias, el proceso monitorio y el proceso simplificado de justicia inmediata.
Publicidad y transparencia
La información de los procesos sometidos a la justicia es pública, así como las audiencias y todos los actos procesales. Únicamente se admitirán aquellas excepciones estrictamente necesarias para proteger la intimidad, el honor, el buen nombre o la seguridad de cualquier persona.
Gestión y administración de la oficina judicial
Es la organización que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de un conjunto de jueces que comparten la locación. Reemplaza a lo que actualmente se entiende como “secretaría”. Sus funciones serán de carácter administrativo y apoyo a la gestión. La oficina judicial funcionará con criterios de agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización del trabajo, responsabilidad por la gestión, coordinación y cooperación.